Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 138 de 15/07/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

Resolución de 1 de julio de 2011, de la Dirección General de Oficina Judicial y Cooperación, por la que se aprueban y publican los listados de personas admitidas al procedimiento y de personas que deben subsanar su solicitud o aportar documentación de Ayudas de Acción Social para el personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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La Resolución de 27 de diciembre de 2010, de la Dirección General de Oficina Judicial y Cooperación, por la que se aprueba la Convocatoria de Ayudas de Acción Social 2010, del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece, en su base quinta.3, que la falta de cumplimentación de cualesquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria será puesta en conocimiento de los solicitantes, mediante la publicación en BOJA de la resolución por la que se aprueba el Listado de Personas Admitidas al Procedimiento y el Listado de Personas que deben Subsanar su Solicitud o Aportar Documentación, concediéndose un plazo de diez días hábiles para que éstas últimas puedan subsanar los motivos de exclusión, con indicación de que, si no lo hicieren, se les tendrá por desistidas de su solicitud en aplicación del art. 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Igualmente, las personas admitidas podrán alegar lo que estimen conveniente en defensa de sus derechos.

En virtud de las competencias que tienen atribuida esta Dirección General en el art. 10 del Decreto 132/2010, de 13 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación y Justicia, la Directora General de Oficina Judicial y Cooperación

RESUELVE

Primero. Aprobar y publicar el listado de personas admitidas al procedimiento y el listado de personas que deben subsanar su solicitud o aportar documentación. La inclusión en el listado de personas admitidas al procedimiento no implicará la concesión de las ayudas, la cual estará condicionada al procedimiento de adjudicación descrito en la base sexta de la Resolución de 27 de diciembre de 2010, de la Dirección General de Oficina Judicial y Cooperación por la que se aprueba la Convocatoria de Ayudas de Acción Social 2010, del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía. El Listado de Personas que deben subsanar su solicitud o aportar documentación incluye las causas de exclusión a subsanar por sus integrantes.

Segundo. Los listados a que hace referencia el apartado anterior se encuentran expuestos en los tablones de anuncios de las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía en las provincias, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de las Audiencias Provinciales y de los Decanatos. Así mismo, podrán ser consultados en la web del Empleado Público (https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico/) y en la web de la Consejería de Gobernación y Justicia (http://www.cgj.junta-andalucia.es/gobernacionyjusticia) mediante el enlace Portal Adriano.

Tercero. Los interesados dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de publicación de la presente Resolución, para presentar escrito que subsane los motivos de exclusión, presentar la documentación solicitada o cualquier otra que estimen conveniente en defensa de sus derechos. Los escritos irán dirigidos al Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Administración de Justicia de la Dirección General de Oficina Judicial y Cooperación, Consejería de Gobernación y Justicia, sita en Plaza Nueva, núm. 4, 41071, Sevilla, y se podrán presentar en el Registro de la Consejería de Gobernación y Justicia y en los registros de las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía en las provincias, sin perjuicio de lo establecido en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuarto. Concluido el plazo anterior, se tendrá por desistidos de su solicitud o solicitudes de Ayudas de Acción Social, a aquellos interesados que no subsanaran las causas de exclusión, en aplicación del art. 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 1 de julio de 2011.- La Directora General, Ana Moniz Sánchez.

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