Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 240 de 09/12/2011

1. Disposiciones generales

Consejería de Economía, Innovación y Ciencia

Corrección de errores de la Orden de 27 de julio de 2011, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para el apoyo a la internacionalización de la economía y las empresas andaluzas (BOJA núm. 166, de 24.8.2011).

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Advertidos errores en la Orden de 27 de julio de 2011, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para el apoyo a la internacionalización de la economía y las empresas andaluzas (BOJA núm. 166, de 24 de agosto de 2011), se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

- En la página 24, apartado 5.d).2, donde dice:

«Salvo que se indique lo contrario en la convocatoria específica, para sucesivas convocatorias, los gastos subvencionables deben haberse realizado desde la finalización del 1 de septiembre del año anterior a la convocatoria hasta el 31 de agosto del año de la convocatoria.»

Debe decir:

«Salvo que se indique lo contrario en la convocatoria específica, para sucesivas convocatorias, los gastos subvencionables deben haberse realizado desde el 1 de septiembre del año anterior a la convocatoria hasta el 31 de agosto del año de la convocatoria.»

- En la página 28, apartado 4.a).2.º donde dice:

«- La entidad beneficiaria tiene que estar constituida en los doce meses anteriores a la presentación de la solicitud, excepcionalmente y para la convocatoria de 2012, la filial en el exterior estará constituida entre el 1 de enero de 2010 y el 31 de marzo de 2012.»

Debe decir:

«- La empresa filial tiene que estar constituida en los doce meses anteriores a la presentación de la solicitud, excepcionalmente y para la convocatoria de 2012, la filial en el exterior estará constituida entre el 1 de enero de 2010 y el 31 de marzo de 2012.»

- En la página 29, apartado 5.b).1.º, donde dice:

«1.2 Gastos de personal: Para que este concepto sea subvencionable es necesario que exista un contrato laboral, ya sea fijo o eventual. Se considerará el líquido a percibir de los sueldos y salarios del personal afecto al negocio y contratado por la filial, conforme figure en la nómina o recibo correspondiente. A este importe habrá que añadir las cotizaciones a la seguridad social o equivalente en el mercado de destino y los seguros de asistencia médica».

Debe decir:

«1.2 Gastos de personal: Para que este concepto sea subvencionable es necesario que exista un contrato laboral, ya sea fijo o eventual. Se considerará el líquido a percibir de los sueldos y salarios del personal afecto al negocio y contratado por la filial, conforme figure en la nómina o recibo correspondiente. A este importe habrá que añadir las cotizaciones a la seguridad social o equivalente en el mercado de destino y los seguros de asistencia médica obligatoria.»

- En la página 35, apartado 4.a).2.º donde dice:

«- Constituida en los doce meses anteriores a la presentación de la solicitud, excepcionalmente y para la convocatoria de 2012, la entidad de cooperación internacional estará constituida entre el 1 de enero de 2011 y el 31 de marzo de 2012.»

Debe decir:

«- Constituida en los doce meses anteriores a la presentación de la solicitud, excepcionalmente y para la convocatoria de 2012, la entidad de cooperación internacional estará constituida entre el 1 de enero de 2010 y el 31 de marzo de 2012».

- En la página 37, apartado 5.d), donde dice:

«Plazo dentro del que deben haberse realizado los gastos subvencionables: 1. Convocatoria 2012, para las entidades de cooperación constituidas entre el 1 de enero de 2011 y el 31 de marzo de 2012, serán subvencionables los gastos incurridos durante doce meses a contar desde el mes anterior a la constitución de la entidad de cooperación internacional.»

Debe decir:

«5.d) Plazo dentro del que deben haberse realizado los gastos subvencionables: 1. Convocatoria 2012, para las entidades de cooperación constituidas entre el 1 de enero de 2010 y el 31 de marzo de 2012, serán subvencionables los gastos incurridos durante doce meses a contar desde el mes anterior a la constitución de la entidad de cooperación internacional.»

- En la página 39, apartado 23.b), donde dice:

«Secuencia del pago 1.º Máximo un mes a contar desde la ejecución del 50% del plan de implantación»

Debe decir:

«Secuencia de pago 1.º Máximo un mes a contar desde la ejecución del 50% del plan de cooperación.»

- En la página 41, apartado 4.a).1.º, donde dice:

«Podrán ser beneficiarios de esta subvención las asociaciones empresariales sin ánimo de lucro, domiciliadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía»

Debe decir:

«Podrán ser beneficiarias de esta subvención las asociaciones empresariales, domiciliadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía».

- En la página 48, apartado 8.a), donde dice:

«8.a). Participación de entidad/es colaboradora/s:

⊠ No.

□ Sí. Identificación: Entidad colaboradora, Extenda-Agencia Andaluza de Promoción Exterior, S.A.»

Debe decir:

«8.a). Participación de entidad/es colaboradora/s:

⊠ No.

□ Sí. Identificación: Entidad colaboradora, Extenda-Agencia Andaluza de Promoción Exterior, S.A.»

- En la página 57, apartado 5.b).1.º.2, donde dice:

«Subvención de parte del coste de los gastos de estudio y coste anual de la operación formalizada con una Sociedad de Garantía Recíproca.»

Debe decir:

«Subvención de parte del coste de los gastos de estudio y coste anual de la formalización del aval con una Sociedad de Garantía Recíproca.»

Sevilla, 23 de noviembre de 2011

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