Anteproyecto de Ley de la Función Pública de Andalucía.

Información general

Antecedentes de la norma

Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, modificada por diversas leyes posteriores.

Problemas que se pretenden solucionar

Con esta norma se pretende definir, ordenar y desarrollar de forma global y completa la función pública de la Junta de Andalucía, estableciendo un régimen jurídico actualizado, en el marco de la regulación contenida en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Desde la entrada en vigor de la vigente Ley de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía han tenido lugar profundos cambios en la realidad social, económica y política de Andalucía que tienen su reflejo también en la función pública de la Junta de Andalucía.

Además, se han aprobado nuevas normas legales de carácter básico, en ocasiones derivadas de la normativa europea o la jurisprudencia consolidada en determinadas materias.

En relación con ello se tiene también en cuenta que esta legislación estatal de carácter básico establece unos márgenes de regulación normativa bastante amplios a favor de las Comunidades Autónomas, supeditando la aplicación de algunas de sus previsiones más innovadoras al desarrollo legislativo autonómico.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

La Administración del siglo XXI tiene que ser más dinámica y menos burocrática, adaptada a la transformación digital, orientada a la calidad de los resultados, transparente, eficiente, con capacidad de atraer el talento, y con flexibilidad suficiente para adaptarse a los cambios de la sociedad, la tecnología y la innovación.

Esta evolución lleva implícita la necesidad de gestionar la función pública de forma actualizada a la consecución de los nuevos objetivos y demandas de la ciudadanía en relación con los servicios públicos. La función pública es necesaria, porque provee a la sociedad de bienes y servicios de carácter esencial. Pero no es suficiente con ser necesaria, sino que, además, debe trabajar comprometida con la consecución de resultados y asentada en un código ético que haga posible cumplir los objetivos de forma objetiva, profesional, eficiente, responsable y transparente.

Objetivos de la norma

La ley aborda el conjunto del régimen jurídico de la función pública de Andalucía.

Posibles soluciones alternativas

Para conseguir los objetivos de esta propuesta de norma no procede otra solución alternativa.

Envío de aportaciones

La ciudadanía y las entidades que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en este documento  a través del siguiente buzón de correo electrónico: sgap.cpai@juntadeandalucia.es  

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Justicia, Administración Local y Función Pública
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