El autónomo es un trabajador por cuenta propia. Como tal tiene derechos y deberes que vienen regulados en el Estatuto del trabajo autónomo, aprobado en 2007.
Para darte de alta como trabajador autónomo debes llevar a cabo una serie de trámites administrativos en la Agencia Tributaria y en la Tesorería General de la Seguridad Social.
Se realizan en la correspondiente delegación de la Agencia Tributaria y deben llevarse a cabo antes del comienzo de la actividad.
En la Tesorería General de la Seguridad Social.
Los siguientes trámites no son obligatorios, o lo son tan sólo para colectivos específicos:
Si tienes cualquier duda o necesitas más información puedes llamar a los teléfonos 902 505 505 y 955 062 627 o escribir al correo informacion@juntadeandalucia.es
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