Una vez has tomado la decisión de comprar una vivienda el siguiente paso es el de formalizar un contrato de compraventa.
Si necesitas asesoramiento, puedes acudir al servicio gratuito del Programa Andaluz en Defensa de la Vivienda. En cada provincia existe un punto de atención al ciudadano, donde atienden de 9 a 14 horas, mediante cita previa, de lunes a viernes.
A través de este servicio, se ofrece apoyo e información a los ciudadanos que necesiten respuestas relacionadas con la vivienda: hipotecas, impagos, situaciones de desahucio...
Asimismo, para garantizar la correcta información de los consumidores, así como los derechos y obligaciones de compradores y vendedores, Andalucía cuenta con el Reglamento de información al consumidor en la compraventa y arrendamiento de viviendas en Andalucía.
Una vez que el vendedor y el comprador de una vivienda llegan a un acuerdo, es habitual firmar un contrato previo en el que el comprador avanza una cantidad (las llamadas "arras" o fianza) a cuenta del total a pagar por la vivienda. Dicha cantidad se descuenta del precio final una vez se formaliza el contrato definitivo. Ten en cuenta lo siguiente:
Puedes consultar información más completa en la web de la Consejería de Fomento y Vivienda.
Si recurres a una entidad financiera para pagar la vivienda que vas a adquirir, debes informarte bien sobre todas las condiciones de la hipoteca. Es conveniente, además, que visites varias entidades para poder comparar las condiciones que te ofrece cada una de ellas, y poder optar por la que te resulte más conveniente. He aquí los principales aspectos que deberías tener en cuenta:
Si no conoces alguno o varios de estos conceptos, puedes consultar más sobre ellos en el enlace siguiente:
Para garantizar el asesoramiento y los derechos de los consumidores en relación con la suscripción de préstamos o hipotecas destinadas a la compra de vivienda, la Junta de Andalucía está trabajando en la redacción de la Ley de Protección en la Contratación Hipotecaria. Puedes consultar el borrador de la Ley y participar en su mejora realizando comentarios, sugerencias y aportaciones.
Se trata de la posibilidad de asumir una hipoteca previa del vendedor.
Si las condiciones de esta hipoteca son interesantes para ti y la entidad financiera acepta el cambio, se puede acudir a esta posibilidad. En el documento privado se debe hacer constar que del precio total se deducirá el importe de la deuda asumida por el comprador.
Al menos tres días antes de firmar el contrato, como comprador, debes recibir los siguientes documentos:
Si las obras de tu vivienda aún no han comenzado o se están desarrollando, comprueba que en el documento de compraventa aparece detallado:
La forma del contrato de compraventa es libre, por lo que un contrato privado es válido. No obstante, conviene estudiar con detenimiento todos estos documentos. Además, es aconsejable que solicites que el contrato se eleve a escritura pública. Igualmente, es una buena idea utilizar la escritura ante notario para hacer la compra.
Si tienes cualquier duda o necesitas más información puedes llamar a los teléfonos 902 505 505 y 955 062 627 o escribir al correo informacion@juntadeandalucia.es
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