Una vez has tomado la decisión de comprar una vivienda el siguiente paso es el de formalizar un contrato de compraventa.
Resulta bastante habitual firmar un contrato previo en el que el comprador avanza una cantidad (las llamadas arras o fianza) a cuenta del
Contrato de compraventa
total a pagar por la vivienda. Dicha cantidad se descuenta del precio final una vez se formaliza el contrato definitivo. Ten en cuenta lo siguiente:
Puedes consultar información más completa en la web de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda.
Si recurres a una entidad financiera para pagar la vivienda que te interesa conviene informarse debidamente sobre las condiciones de la hipoteca.
Siguiendo el enlace encontrarás información sobre los distintos aspectos que debes tener en cuenta:
Se trata de la posibilidad de asumir una hipoteca previa del vendedor.
Si las condiciones de esta hipoteca son interesantes para ti y la entidad financiera acepta el cambio, se puede acudir a esta posibilidad. En el documento privado se debe hacer constar que del precio total se deducirá el importe de la deuda asumida por el comprador.
Al menos tres días antes de firmar el contrato, como comprador, debes recibir los siguientes documentos:
Conviene estudiar con detenimiento estos documentos. Recuerda que la forma del contrato de compraventa es libre por lo que un contrato privado es válido. Sin embargo, es aconsejable que solicites que el contrato se eleve a escritura pública. Igualmente es una buena idea utilizar la escritura ante notario para hacer la compra.
Si tienes cualquier duda o necesitas más información puedes llamar al teléfono 902 505 505 o escribir al correo informacion@juntadeandalucia.es
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