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Medidas para evitar la introducción y propagación en la Unión del virus rugoso del tomate (ToBRFV)

 

La Comisión Europea ha publicado un Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1032 de la Comisión de 25 de mayo de 2023, por el que se establecen medidas para evitar la introducción y propagación en la Unión del virus rugoso del tomate (ToBRFV) y por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1191.

Con toda la información científica más reciente sobre la propagación de esta plaga y sus métodos de análisis, y con las auditorías llevadas a cabo por los servicios de la Comisión que proporcionaron datos sobre la implementación de las disposiciones y su impacto en la protección contra la propagación de la enfermedad, se justifica la necesidad de adoptar un nuevo acto con medidas más detalladas que las previstas en el reglamento anterior.

Para garantizar el enfoque más proactivo en lo que respecta a la protección fitosanitaria, deben establecerse medidas para las situaciones en las que cualquier persona dentro del territorio de la Unión sospeche o tenga conocimiento de la presencia de la plaga especificada, y en relación con la correspondiente notificación a la autoridad competente y las medidas que esta debe adoptar.

A fin de que los terceros países, las autoridades competentes y los operadores profesionales dispongan de tiempo suficiente para adaptarse a las disposiciones del presente Reglamento, este debe ser aplicable a partir del 1 de septiembre de 2023. Por este motivo, y a fin de evitar cualquier vacío jurídico, la expiración de la aplicación del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1191 debe prorrogarse del 31 de mayo de 2023 al 31 de agosto de 2023.

Acceder al Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1032 de la Comisión de 25 de mayo de 2023

Acceder al folleto divulgativo de ToBRFV