De manera general, el cobro de las rentas de alquiler o las cuotas de compraventa y acceso diferido a la propiedad se realizará mediante domiciliación bancaria, en torno al día 12 de cada mes, en la cuenta indicada por el titular del contrato, o bien mediante recibo-ventanilla. El recibo-ventanilla se envía a la persona titular del contrato por correo postal ordinario y se debe abonar dentro de los 12 primeros días de cada mes.
Existen distintas formas de pago:
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