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La Junta formaliza la compra de las 58 viviendas de Santiponce y garantiza a las familias su permanencia

Tras ejercer el derecho de tanteo, la Agencia de la Vivienda adquiere los inmuebles por 764.753 euros y los incorpora a su parque público residencial
30 de Noviembre de 2018
La Junta formaliza la compra de las 58 viviendas de Santiponce y garantiza a las familias su permanencia

La Consejería de Fomento y Vivienda ha formalizado hoy la compra de las 58 viviendas protegidas en régimen de alquiler que eran propiedad de PROSUVISA, empresa municipal de la vivienda de Santiponce en concurso de acreedores, gracias al ejercicio del derecho de tanteo, lo que ha permitido que, por una parte, las familias permanezcan en sus viviendas y, por otro lado, que éstas pasen a formar parte del parque residencial de la Junta de Andalucía que, una vez incorporadas estas viviendas cuenta con casi 76.000 inmuebles.

La firma es el paso final de la correspondiente tramitación administrativa establecida en la Ley de Tanteo y Retracto en Desahucios de Viviendas del Gobierno andaluz, aprobada el pasado mes de mayo en el Parlamento y que refuerza las medidas para luchar contra los desahucios y amplía la protección a las familias garantizando la permanencia en sus viviendas frente a ejecuciones hipotecarias o daciones en pago. De esta forma, se evita que, en el caso de Santiponce, compradores con puros intereses económicos adquieran las viviendas, sin garantizar el futuro de las familias que en ellas se alojan.

Promuvisa, empresa municipal de la vivienda de Santiponce y propietaria de las viviendas, se encontraba en procedimiento concursal, por o que los inmuebles salieron a subasta e iban a ser adquiridos. No obstante, la Junta de Andalucía evitó esa situación ejerciendo el derecho de tanteo y garantizando así la permanencia de las familias en sus hogares en las mismas condiciones en las que se encontraban actualmente. Las 58 viviendas están repartidas en dos promociones, 32 de régimen general y otras 26 de régimen especial.

La Ley de Tanteo y Retracto reconoce al Gobierno andaluz el derecho de compra preferente de los inmuebles incluidos en procesos de ejecución hipotecaria o de dación en pago, figura que permite facilitar, mediante un alquiler social, la permanencia en sus hogares de las familias afectadas por desahucios. Esta medida implica intervenir al final del proceso, una vez comunicado el desalojo y concluida la subasta judicial de la vivienda y su adjudicación. La acción de tanteo se lleva a cabo en un periodo de 60 días naturales contados a partir de la notificación de la transmisión del inmueble al nuevo adjudicatario.

Además, supone un incremento del parque público residencial de la Junta destinado, fundamentalmente, a atender a aquellas personas en situación de vulnerabilidad y con mayores dificultades para acceder a una vivienda.

La Ley establece que la Administración ejercerá el tanteo y retracto en función de la situación socioeconómica de las familias afectadas, aplicándose a los colectivos de especial protección y atendiendo a la tipología de las viviendas, que deberán responder a las características exigidas para las VPO. Una vez ejercido el derecho de compra preferente, los afectados tendrán preferencia de alquiler sobre el inmueble que ha sido su domicilio habitual. 

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