Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 14 de 16/08/1980

1. Disposiciones generales

Presidencia

Orden de 16 de junio de 1980, de la Presidencia de la Junta de Andalucía, por la que se dispone la publicación de diversos acuerdos del Consejo Permanente sobre nombramientos de Interventores Delegados de la Intervención General de la Junta de Andalucía.

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El Consejo Permanente de la Junta de Andalucía, en sus reuniones de 8 de febrero y 12 de mayo de 1980, tomó, a propuesta del Consejero de Economía, Hacienda, Comercio y Turismo, diversos acuerdos sobre nombramientos de Interventores Delegados de la Intervención General de la Junta.

Dada la índole de las funciones a desempeñar por dichos funcionarios en relación con el Ente preautonómico andaluz, y teniendo en cuenta la dependencia de la Intervención General de la Junta prevista en el artículo

21 del Reglamento de Régimen Interior, se hace precisa la publicación de dichos acuerdos.

En su virtud, y ejercitando las atribuciones que me confiere el artículo 11 en concordancia con el artículo 35.1 c) del Reglamento de Régimen Interior de la Junta de Andalucía,

O R D E N O :

Publíquense en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía" los acuerdos anexos tomados por el Consejo Permanente los días 8 de febrero de 1980 y 12 de mayo del mismo año, respectivamente, relativos a nombramientos de Interventores Delegados de la Intervención General de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 16 de junio de 1980.

RAFAEL ESCUREDO RODRIGUEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

A N E X O S

1º El Consejo Permanente de la Junta de Andalucía, en su sesión ordinaria de 8 de febrero de 1980, acordó, a propuesta del Consejero de Economía, Hacienda, Comercio y Turismo, nombrar con efectos desde el día 11 de febrero de 1980 a don Manuel Toribio Lemes, Depositario del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla, perteneciente al Cuerpo de Interventores de Administración Local, Interventor Delegado de la Intervención General de la Junta de Andalucía en Sevilla.

Desempeñará las funciones que la Intervención General, con el conforme del Consejero de Economía, Hacienda, Comercio y Turismo, le deleguen en relación con Presidencia y las Consejerías de Interior, Política Territorial e Infraestructura y Cultura, así como en los demás servicios que, administrándose en Sevilla, se le encomienden e, igualmente, para otras funciones que pudieran delegársele y, en especial, intervendrá los gastos y pagos que origine la campaña del Referéndum.

Dicha Intervención dependerá funcionalmente de la Intervención General de la Junta, que según el artículo 21 del Reglamento de Régimen Interior depende del Consejero de Economía, sin perjuicio de su dependencia del Presidente, figurando la Intervención Delegada adscrita a Presidencia.

Las funciones de esta Intervención delegada se ejercerán en jornada de tarde y el nombramiento quedará condicionado a la aceptación formal por parte de dicho funcionario.

2º El Consejo Permanente de la Junta de Andalucía, en su sesión ordinaria de 12 de mayo de 1980, adoptó, a propuesta del Consejero de Economía, Hacienda, Comercio y Turismo, el siguiente acuerdo:

Es absolutamente imprescindible aprobar el nombramiento de Interventores Delegados en los distintos Departamentos de la Junta, con el objeto de fiscalizar los actos de la administración de la misma que den lugar al reconocimiento de derecho y obligaciones de contenido económico, así como los ingresos y pagos que de ellos se deriven y la recaudación, inversión o aplicación en general de los caudales publicas de la Junta, con el fin de asegurar que la administración de los mismos se ajuste a las disposiciones aplicables en cada caso.

En virtud de lo preceptuado en los artículos 10 y 16, c) del Reglamento de Régimen Interior de la Junta de Andalucía, se acuerda, con carácter provisional y hasta tanto no se disponga de criterios generales de organización administrativa de la Junta, nombrar a don José del Cerro Gabarro, Interventor de la Excma. Diputación Provincial de Granada, como Interventor Delegado de la Intervención General de la Junta en la Consejería de Medio Ambiente, desempeñando las funciones que la Intervención General, con el conforme del Consejero de Economía, Hacienda, Comercio y Turismo, le delegue en relación con dicha Consejería e, igualmente, la intervención de todas las delegaciones territoriales o provinciales de las distintas Consejerías de la Junta que operen en la provincia de Granada, en coordinación con los respectivos Interventores Delegados de cada Consejería, salvo en las materias que se reserven a la Intervención General.

Dicha Intervención dependerá de la Intervención General de la Junta, que según el artículo 21 del Reglamento de Régimen Interior depende del Consejero de Economía, sin perjuicio de su dependencia del Presidente, figurando la intervención que se crea y cubre con el funcionario que se propone, adscrita al Iltmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente.

Las funciones de esta Intervención delegada se ejercerán en jornada de tarde y el nombramiento quedará condicionado a la aceptación formal por parte de dicho funcionario.

Igualmente, por los mismos motivos y en las mismas condiciones, se acuerda nombrar a don Juan Nebreda Fuentes, Interventor accidental de la Excma. Diputación Provincial de Cádiz, como Interventor Delegado de la Intervención General de la Junta en la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca, desempeñando igualmente la intervención de todas las delegaciones territoriales o provinciales en las distintas Consejerías de la Junta en la provincia de Cádiz, así como se acuerda nombrar a don Angel Esteban Rodríguez, Viceinterventor de la Excma. Diputación Provincial de Jaén, como Interventor Delegado de la Intervención General de la Junta en la Consejería de Sanidad y Seguridad Social, desempeñando, igualmente, la intervención de todas las delegaciones territoriales o provinciales de las distintas Consejerías en la Provincia de Jaén.

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