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Ilmos. Sres.:
A fin de agilizar la tramitación de los Recursos de alzada interpuestos contra los actos de las Comisiones Provinciales de Urbanismo de Andalucía y de sus respectivos Presidentes, en orden a actuar los principios de eficacia y desconcentración que constitucionalmente deben inspirar la actuación de la Administración Pública y, en uso de las facultades que tengo atribuidas por los artículos 3.3 del Decreto 19/1981, de 20 de abril, y 8 de las Normas Orgánicas de la Consejería de Política Territorial e Infraestructura aprobadas por Decreto 18/1981, de 20 de abril,
DISPONGO:
Primero: Delegar por el plazo de un año en los Directores Provinciales de Urbanismo de la Consejería de Política Territorial e Infraestructura el ejercicio de todos los actos de tramitación e impulso de los expedientes instruidos como consecuencia de la interposición de Recursos de alzada contra los actos de las Comisiones Provinciales de Urbanismo y los de sus Presidentes.
Segundo: En el plazo de dos meses, a partir de la interposición del recurso, los Directores Provinciales de Urbanismo elevarán a esta Consejería el pertinente informe - propuesta de resolución, acompañado de todas las actuaciones que integren el expediente.
Tercero: Se faculta al Director General de Urbanismo para la adopción de las medidas pertinentes para el cumplimiento de la presente Orden, que entrará en vigor el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía".
Lo digo a VV.II. para su conocimiento y efectos.
Sevilla, 15 de marzo de 1982.
JAIME MONTANER ROSELLO
Consejero de Política Territorial e Infraestructura
Ilmos. Sres. Viceconsejero y Director General de Urbanismo de la Consejería de Política Territorial e Infraestructura.
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