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Las institucionalización de la Comunidad Autónoma Andaluza exige la determinación de la ciudad en que deberán ubicarse el Parlamento de Andalucía y el Consejo de Gobierno, así como la fijación de la Sede del Tribunal Superior de Justicia. El articulo 7º del Estatuto de Autonomía dispone que el Parlamento decidirá esta cuestión por "mayoría de dos tercios en su primera sesión ordinaria". La racionalidad organizativa y la eficacia de la gestión llevaron a los redactores del Estatuto a residenciar en el mismo lugar las sedes del Parlamento y Consejo de Gobierno, permitiendo situar en lugar distinto al Tribunal Superior de Justicia.
Por ello, en cumplimiento del mandato estatutario y respetando, en todo caso, las autonomías municipal y provincial en el ámbito de sus competencias y los principios de descentralización, desconcentración y coordinación administrativas, el Parlamento de Andalucía en su sesión ordinaria del día
30 de junio ha aprobado la siguiente
RESOLUCION
Primero.- La capital de Andalucía, sede del Parlamento, del Consejo de Gobierno y del Presidente de la Junta, es la ciudad de Sevilla.
Segundo.- La sede del Tribunal Superior de Justicia es la ciudad de Granada.
Tercero.- La presente resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
En los Reales Alcázares de Sevilla a 30 de junio de 1982.
ANTONIO OJEDA ESCOBAR
Presidente del Parlamento
de Andalucía
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