Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 8 de 15/04/1982

1. Disposiciones generales

Consejería de Política Territorial e Infraest.

Corrección de errores del Decreto 19/1981, de 20 de abril, sobre distribución de las competencias transferidas a la Junta de Andalucía en materia de Urbanismo.

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Producidos errores en la inserción del citado Decreto publicado en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía" numero 9, de 15 de mayo de 1981, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

En el art. 2º, línea 3ª, donde dice "...sin perjuicio de la competencia que de modo transitorio y/o excepcional conserva la Administración del Estado y de las que atribuye el presente Decreto a otros órganos de la Junta de Andalucía...". debe suprimirse.

En el artículo 5º, apartado 3º, línea 8ª, a continuación de "la Ley del Suelo" debe decir "...todo ello sin perjuicio de la competencia del Consejo de Ministros para suspender la vigencia de los Planes por razones de interés suprarregional, conforme al artículo 31.d) del Real Decreto 698/79, de 13 de febrero".

En el art. 5º, apartado 5º, línea 2ª, donde dice " Real Decreto 1169./75 ", debe decir ".. Real Decreto 1169/78...". En el apartado 7º. línea 9ª, donde dice ". Ley y disposición transitoria primera del...", debe decir "Ley y en el art. 31.g) del...".

En el art. 5º, apartado 13, línea 8ª, donde dice "...artículo 149 de la Ley del Suelo", debe decir "...artículo 149-2. de la Ley del Suelo, cuando la competencia corresponde a la Junta, conforme a lo dispuesto en el art. 31

e) del Real Decreto 698/79, de 13 de febrero".

En el art 6º. apartado 1º a) línea 1ª , donde dice "...previo informe de la Comisión de Urbanismo de Andalucía ...", debe decir "... previo informe. en su caso, de la Comisión de Urbanismo de Andalucía ". En el apartado 7º, línea 7ª, donde dice "...inicial y provisional..." debe decir "... inicial y/o provisionalmente...". Y en el apartado 10, línea 6ª, a continuación de "... Texto legal", debe decir "... sin perjuicio de la competencia de la Administración del Estado para dictar Normas Complementarias y Subsidiarias de carácter suprarregional".

En el art. 6º, apartados 12, 13, 14 y 15, donde dice "...Real Decreto

1347/1977 de 2 de junio...", debe decir "...Real Decreto 1374/1977, de 2 de junio...".

En el art. 6º apartado 28, línea 1ª, donde dice "Proponer al Ministerio de Hacienda, previo informe de la Comisión de Urbanismo de Andalucía y, vista y audiencia del municipio durante un mes, si procede la ampliación y, en su caso, modular la cuantía y plazo de disfrute en resolución motivada de los beneficios tributarios... ", debe decir "Proponer, si procede, al Ministerio de Hacienda, previo informe de la Comisión de Urbanismo de Andalucía y, vista y audiencia del Municipio durante un mes, la cuantía de los beneficios tributarios...".

En el art. 6º apartado 32, línea 4ª, donde dice "...art. 118 de la Ley del Suelo... ". debe decir "...art. 218 de la Ley del Suelo...".

En el art. 7º, apartado 2º a), línea 4ª, a continuación de "...Comisión Central de Urbanismo...", debe suprimirse "...sin perjuicio de los supuestos en que esta Comisión mantiene específicamente sus atribuciones transitorias y/o excepcionalmente". En el apartado 3º, línea 2º, donde dice "Informe de la Comisión...". debe decir "Informe preceptivo de la Comisión...".

En el art. 9º, apartado 1º, línea 6ª, donde dice "...en su caso, la correspondiente demolición, todo ello...", debe decir ".. en su caso, directamente la demolición de las obras, todo ello...". En el artículo 9º apartado 6º, línea 2ª, donde dice "...Comisión Central de Urbanismo", debe decir "...Comisión Provincial de Urbanismo...".

En el art. 11, apartado 3º, línea 3ª, a continuación de "...Comisión Provincial de Urbanismo...", debe decir "...o su Presidente".

En la Disposición Final o Transitoria segunda, línea 1ª, donde dice "...las competencias no atribuidas...", debe decir "...las competencias transferidas no atribuidas... ".

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