Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 33 de 26/04/1983

1. Disposiciones generales

Consejería de Cultura

Orden de 25 de Marzo 1983, por la que se desarrollan los decretos 130/1982, de 13 de Octubre, sobre estructura orgánica de la Consejería de Cultura y 135/1982 de 13 de Octubre, de creación del Instituto de Cultura Andaluza.

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El Decreto 130/1982, de 13 de Octubre, desarrolló la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, dotando a sus Centros Directivos de los Servicios administrativos precisos para el ejercicio de sus competencias. Su disposición final primera autorizaba al Consejero de Cultura para dictar las normas necesarias para el desarrollo y aplicación del propio Decreto. El correcto funcionamiento de los servicios creados conlleva su imprescindible articulación en Secciones y Negociados, como Unidades inferiores encargadas del despacho ordinario y tramitación de los asuntos y expedientes.

Asimismo al crearse el Instituto de Cultura Andaluza por Decreto 135/i982, de 13 de Octubre, se preveía la necesidad de dotarle de los medios materiales y personales precisos para el cumplimiento de sus funciones. En esta linea resulta procedente determinar las Unidades administrativas inferiores que han de integrar su Secretaría General, así como reconocer el derecho al percibo de asistencias e indemnizaciones en favor de las personas que han de formar parte de sus órganos de gobierno o colaborar con el Instituto en las tareas que se le han encomendado.

En su virtud, previo informe de la Consejería de Hacienda y con la aprobación de la Consejería de Presidencia, esta Consejería ha dispuesto:

Primero.- La Secretaría General Técnica de la Consejería de Cultura constará de las siguientes Unidades:

a) Servicio de Documentación, Estudios y Legislación.

- Sección de Documentación y Estadística

- Negociado de Documentación

- Negociado de Estadística

- Sección de Estudios y Legislación

- Negociado de Informes

- Negociado de Elaboración de Disposiciones

- Negociado de Recursos y Reclamaciones

b) Servicio de Administración Interior y Asuntos Generales

- Sección de Planificación e Inversiones

- Negociado de Planificación

- Negociado de Inversiones

- Sección de Administración Económica

- Negociado de Presupuestos y Créditos

- Negociado de Contabilidad

- Negociado de Habilitación-Pagaduría

- Sección de Contratación y Expropiaciones

- Negociado de Tramitación de Contrataciones

- Negociado de Compras y Material

- Negociado de Expropiaciones y Bienes Patrimoniales

- Sección de Personal y Asuntos Generales

- Negociado de Personal

- Negociado de Registro y Archivo

- Negociado de Gobierno Interior

- c) Servicio de Cooperación, Campañas y Animación Cultural

- Sección de Cooperación

- Negociado de Cooperación Institucional

- Negociado de Cooperación con Entidades culturales

- Sección de Campañas, Exposiciones y Animación

- Negociado de Gestión

- Negociado de Apoyo

- Sección de Publicaciones

- Negociado de Programación y Ediciones

- Negociado de Distribución y Publicidad

- Sección de Infraestructura y Equipamiento

- Negociado de Planificación territorial de Instalaciones

- Negociado de Centros culturales polivalentes

Segundo.- En la Dirección General de Patrimonio Cultural existirán las siguientes Unidades:

a) Servicio de Patrimonio Histórico-Artístico, Arqueológico y Etnológico.

- Sección de Inventario general del Patrimonio

- Negociado de Inventarios y Documentación

- Negociado de Declaración de Monumentos

- Negociado de Adquisiciones y Expropiaciones

- Sección de Conservación, Restauración y Excavaciones

- Negociado de Autorizaciones

- Negociado de Tramitación de Proyectos y Obras

- Negociado de Excavaciones

- Negociado de Coordinación

- Sección de Planificación Estudios e Inspección

- Negociado de Planificación y Estudios

- Negociado de Inspección y Seguimiento de Obras

- Negociado de Apoyo, Promoción y Subvenciones

b) Servicio de Bibliotecas

- Sección de Planificación e Instalaciones

- Negociado de Estudios y Programación

- Negociado de Inventario y Creación de Bibliotecas

- Negociado de Instalaciones bibliotecarias

- Sección de Proceso Técnico de Fondos bibliográficos

- Negociado de Depósito Legal y Propiedad intelectual

- Negociado de Catalogación y Clasificación

- Negociado de Distribución de Fondos bibliográficos

- Sección de Patrimonio bibliográfico

- Negociado de Inventario

- Negociado de Donaciones y Adquisiciones

- Sección de Difusión y Lectura Pública

- Negociado de Estudios e Informe

- Negociado de Gestión y Coordinación

c) Servicio de Archivos y Museos

- Sección de Organización, Instalaciones y Equipamiento

- Negociado de Censos y Organización

- Negociado de Instalaciones y Equipamiento

- Negociado de Donaciones y Adquisiciones

- Sección de Gestión de Archivos

- Negociado de Coordinación

- Negociado de Fondos archivísticos y funcionamiento

- Negociado de Apoyo técnico

- Sección de Gestión de Museos

- Negociado de Coordinación

- Negociado de Fondos museográficos y funcionamiento

- Negociado de Apoyo técnico

- Sección de Estudios y Exposiciones

- Negociado de Estudios

- Negociado de Planificación de Exposiciones

Tercero.- La Dirección General de Promoción Cultural se compondrá de las siguientes Unidades.

a) Servicio de Artes plásticas y aplicadas

- Sección de Artes plásticas

- Negociado de Documentación

- Negociado de Programación

- Negociado de Promoción

- Sección de Artes aplicadas

- Negociado de Documentación

- Negociado de Programación

- Negociado de Promoción

b) Servicio de Creación Literaria, Promoción del Libro, Cinematografía y Medios audiovisuales

- Sección de Creación y Libro

- Negociado de Documentación

- Negociado de Programación

- Negociado de Promoción

- Sección de Cinematografía y Medios audiovisuales

- Negociado de Documentación

- Negociado de Programación

- Negociado de Promoción c) Servicio de Teatro, Música y Danza

- Sección de Teatro

- Negociado de Documentación

- Negociado de Programación

- Negociado de promoción

- Sección de Música y Danza

- Negociado de Documentación

- Negociado de Programación

- Negociado de Promoción

- Sección de Fiestas Populares

- Negociado de Documentación

- Negociado de Programación

- Negociado de Promoción

Cuarto.- La Dirección General de Juventud y Deportes tendrá las siguientes Unidades:

a) Servicio de Instalación y Equipamiento

- Sección de Planificación y Obras

- Negociado de Censo y Planificación

- Negociado de Proyectos y Seguimientos de Obras

- Sección de Coordinación de Medios

- Negociado de Programación

- Negociado de Intercambios

- Sección de Gestión de Instalaciones

- Negociado de Residencias y Albergues

- Negociado de Campamentos, Casas y Clubes

b) Servicio de Deporte

- Sección de Promoción

- Negociado de Federaciones y Clubes

- Negociado de Agrupaciones Deportivas

- Sección de Organización

- Negociado de Actividades

- Negociado de Registro de Asociaciones Deportivas

- Sección de Formación

- Negociado de Deporte Escolar

- Negociado de Deporte Universitario

c) Servicio de Juventud

- Sección de Fomento del Asociacionismo Juvenil

- Negociado de Registro de Asociaciones juveniles

- Negociado de Asistencia

- Sección de Programación de Actividades

- Negociado de Programas generales

- Negociado de Programas especiales

- Sección de Formación y Estudios

- Negociado de Formación y Cursos

- Negociado de Estudios y Publicaciones

Quinto.- En la Secretaría General del Instituto de Cultura Andaluza, y bajo la dependencia directa del titular de la Secretaría existirá una Sección de Actuación Administrativa, con dos Negociados: de Tramitación Administrativa, y de Gestión Económica.

Sexto.- Los miembros de los órganos de gobierno de los Departamentos especializados del Instituto de Cultura Andaluza, o en general, quienes sean regularmente convocados para asistir a las reuniones de estudio de los Departamentos, además de las indemnizaciones en concepto de dietas y gastos de locomoción que puedan corresponderles, tendrán derecho a asistencias por su concurrencia personal a tales reuniones de trabajo, de Comisión o de Pleno, que celebre el Instituto de Cultura Andaluza o sus Departamentos especializados.

Séptimo.- La presente disposición entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 25 de Marzo de 1983

RAFAEL ROMAN GUERRERO

Consejero de Cultura

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