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Advertido error, por omisión, en el texto del Decreto 185/1984, de 25 de junio, por el que se asigna a la Consejería de Agricultura y Pesca funciones y servicios en materia de reforma y desarrollo agrario (B.O.J.A. nº 63, de 29 de junio de 1984), procede efectuar la oportuna corrección.
Al artículo 4º se añade, como segundo apartado, lo siguiente:
«Todas las actuaciones previstas en el presente Decreto se entienden atribuidas a la Consejería de Agricultura, sin menoscabo de las que al Estado corresponden y que se especifican en los epígrafes 1.3.2,
1.3.3, 1.3.4, 1.3.5 del Real Decreto 1129/1984, de traspasos de servicios¯.
Sevilla, 22 de octubre de 1984
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