Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 21 de 02/03/1984

1. Disposiciones generales

Consejería de la Presidencia

DECRETO 24/1984 de 8 de febrero, por el que la Dirección General de Medio Ambiente pasa a depender de la Vicepresidencia de la Junta de Andalucía y se adscribe orgánicamente a la Consejería de Gobernación.

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Los criterios mantenidos por el Consejo de Gobierno acerca de la organización administrativa en materia de medio ambiente, y que han tenido su reflejo en la remisión al Parlamento de un Proyecto de Ley por el que se crea la Agencia de Medio Ambiente, aconsejan una nueva adscripción de la Dirección General de Medio Ambiente de modo que mejor se acomode a las prescripciones contenidas en el citado Proyecto de Ley.

En su virtud, a iniciativa de la Consejería de Gobernación y de Política Territorial y Energía, y a propuesta de la Consejería de la Presidencia, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 8 de febrero de 1984,

D I S P O N G O :

Artículo primero. La Dirección General de Medio Ambiente, adscrita hasta ahora a la Consejería de Política Territorial y Energía, pasa a depender de la Vicepresidencia de la Junta de Andalucía y se adscribe orgánicamente, con su actual estructura y personal a la Consejería de Gobernación en la que quedará integrada con sus mismas competencias y funciones.

Artículo segundo. Así mismo, el Consejo Asesor de Medio Ambiente, creado por Decreto 139/1982, de 3 de noviembre, pasa a depender de la Vicepresidencia de la Junta y se adscribe orgánicamente a la Consejería de Gobernación, a la que corresponderán todas las funciones y competencias que sobre este órgano consultivo tenía atribuidas hasta ahora la Consejería de Política Territorial y Energía.

DISPOSICION DEROGATORIA

Quedan derogados el artículo 7 del Decreto 143/1982 de 3 de noviembre, y el artículo 2.2. del Decreto 139/1982 de 3 de noviembre, den lo referente a la adscripción de ambos órganos.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. La modificación de la adscripción de la Dirección General de medio Ambiente, prevista en el presente Decreto no supone aumento del gasto público.

Segunda. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

RAFAEL ESCUREDO RODRIGUEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

AMPARO RUBIALES TORREJON

Consejera de la Presidencia

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