Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 32 de 28/03/1984

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

RESOLUCION de 13 de febrero de 1984, de la Dirección General de Pesca, por la que se prohibe la extracción del ostión en la desembocadura del Guadalquivir.

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La captura intensa e indiscriminada a que se ve sometida el banco natural de ostiones del estuario del Río Guadalquivir, cuya barra fue declarada de interés marisquero por el Decreto 2595/1974, de 9 de agosto, obliga a tomar medidas firmes en orden a la recuperación definitiva de un banco de extraordinaria riqueza. Por ello, encontrándose esta materia transferida a la Junta de Andalucía, por virtud del Real Decreto 3490/1981, de 29 de diciembre y en uso de las facultades que me confiere el Decreto del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía 144/1982, de 3 de noviembre, esta Dirección General, previo informe de la Gerencia del Plan de Explotación Marisquera y de Cultivos Marinos de la Región Suratlántica, ha tenido a bien disponer:

Primero. Queda prohibida, mientras no se disponga lo contrario, la extracción del ostión en el estuario del Río Guadalquivir dentro del área comprendida por los cuatro puntos siguientes: "punta del Cabo" y "Punta del Malandar" en la provincia de Huelva y "Muelle de Bonanza" y "Punta del Perro" en la provincia de Cádiz.

Segundo. La prohibición no afecta a la captación de alevines del ostión para su posterior engorde.

Tercero. Esta Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, a 13 de febrero de 1984.- El Director General, Fernando González Vila.

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