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El Real Decreto 1052/1984, de 9 de mayo (B.O.E. de 4 y 5.6.1984), transfiere a la Comunidad Autónoma de Andalucía funciones y servicios en materia de Cooperativas. Esto obliga a asignar a la Consejería de Trabajo y Seguridad Social el ejercicio de las facultades traspasadas, como Departamento adecuado para ello en razón de la índole y contenido de tales servicios y sin perjuicio de su posterior distribución administrativa entre sus propios órganos y dependencias.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Trabajo y Seguridad Social, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 19 de junio de 1984.
DISPONGO:
Artículo único. Se asignan a la Consejería de Trabajo y Seguridad Social los servicios y funciones transferidos a la Comunidad Autónoma de Andalucía por el Real Decreto 1.052/1984, de 9 de mayo en materia de Cooperativas.
Sevilla, 19 de junio de 1984
JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA
Y CAMOYAN
Presidente de la Junta de Andalucía
JOAQUIN J. GALAN PEREZ
Consejero de Trabajo y
Seguridad Social
Descargar PDFBOJA nº 68 de 17/07/1984