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Vista la Orden de esta Consejería de fecha 14 de agosto de
1984 (BOJA de 17 de agosto de 1984), se observan los siguientes errores que han de ser corregidos
1. En la página 1.611 Artº 3.1.1, donde dice «Trabajadores de
18 a 25 años de edad, 446 ptas/día ó 19.940 ptas/mes, según el salario esté fijado por días o por meses¯, debe decir «Trabajadores desde
18 a 25 años de edad, 646 ptas/día ó 19.397 ptas/mes, según el salario esté fijado por días o meses¯.
2. En la página 1.611: Artº 3.1.3, donde dice «Trabajadores de
16 años, 250 ptas/día ó 7.504 ptas/mes según el salario esté fijado por día o por meses¯, debe decir «Trabajadores de 16 años 246 ptas/día ó 7.404 ptas/mes, según el salario esté fijado por días o por meses¯.
Sevilla, 27 de agosto de 1984
JOAQUIN J. GALAN PEREZ
Consejero de Trabajo y Seguridad Social
Descargar PDFBOJA nº 83 de 07/09/1984