Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 110 de 23/11/1985

3. Otras disposiciones

Consejería de Política Territorial

RESOLUCION de 15 de noviembre de 1985, sobre modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Sevilla, referente al Convento de San Agustín.

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Examinado el "Expediente de Cumplimiento" de la Resolución de esta Consejería de 28 de enero de 1985 sobre Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Sevilla referente al Convento de San Agustín tramitado por el Excmo. Ayuntamiento de Sevilla y elevado a esta Consejería a los efectos del art. 41.3 de la Ley del Suelo, de conformidad con la citada Resolución.

Atendiendo a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto 1346/1976, de 9 de abril, los reglamentos que la desarrollan y el Decreto 194/1983, de 21 de septiembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias en materia de urbanismo por los Organos urbanísticos de la Junta de Andalucía.

Visto el informe de la Dirección General de Urbanismo de esta Consejería y en virtud de las facultades que me vienen atribuidas en la letra a) del art. 7 del Decreto 194/1983, de 21 de septiembre, en relación con lo establecido en el art. 35 y 36 de la Ley del Suelo y a propuesta del Director General de Urbanismo

HE RESUELTO

Primero. Aprobar definitivamente la Modificación de Elementos del Plan General de Ordenación Urbana, referente al Convenio de San Agustín. Y ello por cuanto su tramitación, contenidos y determinaciones son conformes a la Ley del Suelo y su ejecución supone: a) la dotación de nuevos espacios de áreas libres de uso público, para una zona deficitaria de la ciudad según el propio documento de Adaptación del Plan General, además de la protección de un edificio catalogado; b) la ordenación de la parcela colindante al Convento, respetando los restos arqueológicos y sin superar el aprovechamiento urbanístico fijado por el documento complementario de la Adaptación del Plan General de Ordenación Urbana para los conjuntos urbanos de edificación tradicional.

Segundo: Solicitar del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla la redacción de un Texto Refundido de la Modificación que elevará a esta Consejería para su debido diligenciado en el plazo de dos meses y que tras este trámite vendrá a sustituir, anulando, los documentos anteriores. La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla y en el de la Junta de Andalucía a los efectos previstos en el art. 56 del Texto Refundido de la Ley del Suelo y se notificará al Excmo. Ayuntamiento de Sevilla y a los interesados. Contra esta Resolución, definitiva en vía administrativa, cabe Recurso de Reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Política Territorial de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes contado a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y el Contencioso-Administrativo que deberá interponerse ante la Sala correspondiente de la Excma. Audiencia Territorial de Sevilla.

Sevilla, 15 de noviembre de 1985

JAIME MONTANER ROSELLO

Consejero de Política Territorial

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