Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 20 de 27/02/1985

3. Otras disposiciones

Consejería de Política Territorial

RESOLUCION de 28 de enero de 1985, sobre modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Sevilla referente al Convento de San Agustín.

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Examinado el expediente tramitado por el Excmo. Ayuntamiento de Sevilla para la Modificación de Elementos del Plan General de Ordenación Urbana de Sevilla referente al Convento de San Agustín, aprobado provisionalmente el día 28 de diciembre de 1983 elevado a esta Consejería a los efectos de los arts. 35, 40 y 49 de la Ley del Suelo.

Atendiendo a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobada por Real Decreto 1346/1976, de 9 de abril, los Reglamentos que lo desarrollan y el Decreto 194/1983, de 21 de septiembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias en materia de Urbanismo por los órganos urbanísticos de la Junta de Andalucía.

Vistos los informes de la Excma. Diputación Provincial de Sevilla, de la Comisión Provincial de Urbanismo de Sevilla, de la Comisión de Urbanismo de Andalucía y de la Dirección General de Urbanismo de esta Consejería y en virtud de las facultades que me vienen atribuidas en la letra a) del art. 7 del Decreto 194/1983, de 21 de septiembre, en relación con lo establecido en el art. 35 de la Ley del Suelo y a propuesta del Director General de Urbanismo

HE RESUELTO:

Primero. Suspender la aprobación definitiva de la Modificación de Elementos del Plan General de Ordenación Urbana de Sevilla, referente al Convento de San Agustín.

Y por ello, por cuanto las determinaciones adoptadas no están suficientemente justificadas en la Memoria de la Ordenación, así como tampoco se contiene en el expediente referencia alguna a la adecuación de las determinaciones a los informes de la Comisión Provincial del Patrimonio Histórico-Artístico de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía.

El Excmo. Ayuntamiento de Sevilla redactará una nueva Memoria de Ordenación donde se justifiquen suficientemente las determinaciones urbanísticas adoptadas, así como la adecuación de éstas a los informes preceptivos de los organismos especializados, debiendo elevar nuevamente el expediente a esta Consejería en el plazo de un mes para su resolución definitiva.

La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla y en el de la Junta de Andalucía a las efectos previstos en el art. 56 del Texto Refundido de la Ley del Suelo y se notificará al Excmo. Ayuntamiento de Sevilla y a los interesados.

Contra la presente Resolución definitiva en vía administrativa, cabe Recurso de Reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Política Territorial de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes contado a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y el Contencioso-Administrativo que deberá interponerse ante la Sala correspondiente de la Excma. Audiencia Territorial de Sevilla.

Sevilla, 28 de enero de 1985

JAIME MONTANER ROSELLO

Consejero de Política Territorial

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