Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 23 de 12/03/1985

1. Disposiciones generales

Consejería de Cultura

DECRETO 27/1985 de 5 de febrero por el que se declara conjunto histórico-artístico la Villa de Benaocaz (Cádiz)).

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La Dirección General de BellAs Artes, Archivos y Bibliotecas en 29 de noviembre de 1982, incoó expediente a favor de la villa de Benaocaz (Cádiz) para su declaración como conjunto histórico-artístico.

la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando en el informe emitido con arreglo a los disposiciones vigentes sobre el mencionado expediente, ha señalado que el citado conjunto reúne los méritos suficientes para merecer dicha declaración.

En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en los artículos 3º, 14, 15 y 33 de la Ley de 13 de mayo de 1933 y 17,18 y

19 del Reglamento para su aplicación de 16 de abril de 1936, a propuesta del Consejero de Cultura y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 5 de febrero de 1985,

DISPONGO

Artículo primero. Se declara conjunto histórico-artístico de la villa de Benaocaz (Cádiz) según la delimitación que se publico como anexo a la presente disposición y que figura en el plano unido al expediente.

Artículo segundo. La tutela y defensa de este Conjunto que queda bajo la protección de la Junta de Andalucía, será ejercida por la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, la cual queda facultada para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el mejor desarrollo del presente Decreto.

Artículo tercero. El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 5 de febrero de 1985

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

JAVIER TORRES VELA

Consejero de Cultura

ANEXO QUE SE CITA

DELIMITACION DEL CONJUNTO HISTORICO-ARTISTICO DE LA VILLA DE BENAOCAZ (CADIZ)

Conjunto histórico-artístico con el perímetro formado por las siguientes calles, considerándolas en sus dos aceras: C/ Domingo de los Santos, C/ Calvo Sotelo, C/ Juan Lamas, C/ Doctor Vázquez Romero, límite este, C/ Pte. Alcolea, C/ Esteban, C/ Moral, C/ Cuervo, C/ General Mola y C/ Domingo de los Santos.

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