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Habiéndose detectado la existencia de errores materiales en el texto del Estatuto de Gobierno y Régimen Interior del Parlamento de Andalucía, procede su rectificación.
En el artículo 16, apartado 1; donde dice "... arts. 41..." debe decir: " arts. 40...".
En el artículo 22, letra C); donde dice: "...por los medios..." debe decir: "...con los medios...".
En el artículo 39, apartado 3; donde dice: "... de actas, acuerdos...", debe decir: "...de actas y acuerdos...".
En el artículo 40, apartado 3; donde dice: "...a cubrir", debe decir: "...que se deban cubrir".
En el artículo 42, apartado 2; donde dice "... a ocupar", debe decir: "...que se deban ocupar".
En el artículo 44, apartado 4; donde dice "... a cubrir", debe decir: "...que se pretenda cubrir".
En el artículo 57, apartado 1, letra d): donde dice: "...otras...", debe decir: "...otros...".
En el artículo 60, apartado 1, letra a): donde dice: "...58.4..." debe decir: "...57.4...".
En el artículo 60, apartado 2; donde dice: "...60.3...", debe decir: "...59.3...".
En el artículo 66, apartado 6, donde dice "...6...", debe decir: "...7..."; en el apartado 7; donde dice "...7...", debe decir: "...8..."; en el apartado 8; donde dice: "...8...", debe decir: "...9..."; en el apartado 9; donde dice: "...9...", debe decir: "...10...".
En el artículo 66, apartado 9 (antiguo); donde dice: "... puntos 7 y 8...", debe decir: "...puntos 8 y 9...".
En el artículo 87, apartado 2; donde dice: "...entre quienes...", debe decir: "...entre los que...".
Sevilla, 8 de enero de 1985
Descargar PDFBOJA nº 5 de 18/01/1985