Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 50 de 21/05/1985

3. Otras disposiciones

Consejería de Política Territorial

ACUERDO de 14 de marzo de 1985, de la Comisión Provincial de Urbanismo de Sevilla, por el que se aprueba inicialmente el Plan Especial de Protección del Medio Físico y Catálogo de Espacios y Bienes Protegidos de la provincia de Sevilla.

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Para general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 44 del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, Real Decreto 1346/1976 de 9 de abril, se hace público que la Comisión Provincial de Urbanismo de Sevilla, constituida legalmente en sesión ordinaria el día 14 de marzo de 1985, ha dictado el siguiente Acuerdo:

Plan Especial de Protección del Medio Físico y Catalogo de Espacios y Bienes Protegidos de la Provincia de Sevilla.

"1. Aprobar con carácter inicial el Plan Especial de Protección del Medio Físico y Catálogo de Espacios y Bienes Protegidos de la Provincia de Sevilla.

2. De conformidad con lo establecido en los artículos 128 y 129 del Reglamento de Planeamiento, someter el expediente a información pública por el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de este Anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en el Boletín Oficial de la Provincia, en un Diario de ámbito provincial de los de más circulación y en el Tablón de Anuncios de la Delegación Provincial en Sevilla de la Consejería de Política Territorial.

Finalizado dicho plazo se abrirá otro período de igual duración, para dar audiencia a las Corporaciones Locales a cuyo territorio afecten las determinaciones de este Plan Especial.

3. En aplicación de las normas sobre suspensión de licencias, establecidas en el Art. 120 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico, y durante el período fijado en el Art. 8 del Real Decreto Ley 16/1981 de 16 de octubre, en el suelo no urbanizable de los municipios que se relacionan a continuación,

únicamente podrán concederse licencias basadas en el régimen establecido en el planeamiento municipal vigente siempre que, a su vez, se respeten las determinaciones del Plan Especial de Protección del Medio Físico de la Provincia de Sevilla, y ello es así, por considerar que dichos planeamientos municipales, en general, no contienen normativa de protección suficiente y adecuada para el suelo no urbanizable. Relación de municipios: Aguadulce, Alanís de la Sierra, Alcalá de Guadaira, Alcolea del Río, Algamitas, Almadén de la Planta, Badalatosa, Benacazón, Burguillos, Camas, Cantillana, Carrión de los Céspedes, Castiblanco de los Arroyos, Castilleja del Campo, Castilleja de Guzmán, Castillo de las Guardas, Cazalla de la Sierra, Constantina, Coripe, El Coronil, Los Corrales, Espartinas, Estepa, El Garrobo, Gelves, Gilena, Gines, Guadalcanal, Guillena, Herrera, Huevar, Lebrija, Lora de Estepa, Lora del Río, La Luisiana, El Madroño, Mairena del Alcor, Mairena del Aljarafe, Marinaleda, Martín de la Jara, Las Navas de la Concepción, Olivares, Osuna, Los Palacios y Villafranca, Pedrera, El Pedroso, Peñaflor, Pilas, Pruna, El Real de la Jara, La Rinconada, El Ronquillo, El Rubio, San Nicolás del Puerto, Santiponce, El Saucejo, Tocina, Vaalencina de la Concepción, Villamanrique de la Condesa, Villanueva del Río y Minas, Villanueva de San Juan y Villaverde del Río. La aprobación definitiva de una figura de planeamiento adecuada (Plan General o Norma Subsidiaria de Planeamiento) en cualquiera de estos municipios dejará por sí sola sin efecto la limitación anterior en ese término municipal.

Igualmente quedan excluidos de esta limitación los actos contemplados en los números 3, 4, 5, 6, 10, 11, 12 y 14 del Art. 1. del Reglamento de Disciplina Urbanística.

4. Efectuar la anotación en el Registro de Bienes Catalogados, con carácter preventivo, de los elementos incluidos en el Catálogo de Espacios y Bienes Protegidos anejo al Plan Especial de protección del Medio Físico de la Provincia de Sevilla.

5. Facultar al Vicepresidente de esta Comisión Provincial de Urbanismo para dictar las disposiciones que sean necesarias para hacer efectivo el cumplimiento de este Acuerdo".

Para cumplimiento de lo establecido en este Acuerdo, queda expuesto al público el Proyecto referenciado, en los locales de la Delegación Provincial de la Consejería de Política Territorial de la Junta de Andalucía (C/ODonnell, n. 21, 3ra.Planta), por el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente Acuerdo, con el objeto de que pueda ser examinado y formular alegaciones al mismo cualquiera que estuviese interesado en ello.

Sevilla, 14 de marzo de 1984.- El Delegado Provincial, Esteban Castellví Martínez.

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