Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 68 de 05/07/1985

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud y Consumo

ORDEN de 24 de junio de 1985, por la que se constituyen los Consejos de Dirección de los servicios de salud de las Delegaciones Provinciales de Salud y Consumo.

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La situación en que se encuentran los servicios periféricos de la Consejería de Salud y Consumo, tanto los directamente orgánicos y fundamentalmente de la misma como de aquellos a través de la Red de Asistencia Sanitaria de la Seguridad Social en Andalucía (RSSSA) se ha venido caracterizando por una dispersión de las funciones que, en las actividades de gestión y administración del actual dispositivo sanitario, tiene atribuidas esta Consejería. Las Consideraciones anteriores determinan la urgencia en establecer los instrumentos precisos de coordinación de tales servicios, que se establece en la presente disposición a través de la creación de los Consejos de Dirección de los Servicios de Salud en cada una de las Delegaciones de la Consejería.

En su virtud, en uso de las atribuciones que me están conferidas y a propuesta de la Viceconsejería de Salud y Consumo,

DISPONGO;

Artículo 1. En cada una de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Salud y Consumo se constituye de Dirección de los Servicios de salud.

Artículo 2. Los Consejos de Dirección de los Servicios de salud estarán integrados por los siguientes miembros:

El Delegado provincial de salud y Consumo que actúa como Presidente. El Director Provincial de la Red de Asistencia de la Seguridad Social en Andalucía.

El Secretario general de la Delegación Provincial de Salud y Consumo. El Jefe de Servicio de Salud de la Delegación provincial de Salud y Consumo.

El Subdirector Provincial de Administración de la Dirección Provincial de la Red de Asistencia Sanitaria de la Seguridad Social en Andalucía. El Subdirector provincial de Asistencia Hospitalaria y Especialidades Médicas de la dirección Provincial de la Red de Asistencia Sanitaria de la seguridad Social en Andalucía.

El Gerente Provincial del instituto Andaluz de Salud Mental (IASAM).

DISPOSICION FINAL

Se faculta al Viceconsejero de Salud y Consumo para adoptar las medidas necesarias de aplicación y desarrollo de la presente Orden, que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de la junta de Andalucía".

Sevilla, 24 de junio de 1985

PABLO RECIO ARIAS

Consejero de Salud y Consumo

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