Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 78 de 09/08/1985

1. Disposiciones generales

Consejería de Trabajo y Seguridad Social

ORDEN de 29 de julio de 1985, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los servicios centrales de la Administración de los Servicios Sociales de Andalucía de la Seguridad Social "ASERSASS".

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El Decreto 165/1985, de 24 de julio, establece la estructura orgánica de los servicios centrales de la ASERSASS, órgano que ha asumido la gestión de los servicios complementarios del sistema de la Seguridad Social y de otras Acciones Asistenciales transferidas a la Comunidad Autónoma. La complejidad y volumen de la gestión, hace necesario el uso de lo dispuesto en la Disposición Final Primera del Decreto 165/1985, de 24 de julio que faculta al Consejero de Trabajo y Seguridad Social para dictar sus normas de desarrollo, concretando las Unidades Administrativas en que han de diversificar las de rango superior ya creadas.

En su virtud, y en uso de las facultades que me están conferidas, he tenido a bien disponer lo siguiente, previa aprobación de la Consejería de la Presidencia e informe de la de Hacienda:

Artículo Primero. Las Unidades previstas en el Decreto 165/1985, de 24 de julio, se diversifican del siguiente modo:

1. Dependiente del Coordinador General, y con nivel orgánico de Jefatura de Negociado se establece:

Secretaría Coordinador General.

Unidad de Apoyo al Consejo General.

2. Secretaría General de Servicios.

Sección de Personal.

Negociado de Plantillas y Selección.

Negociado de Régimen Jurídico.

Sección de Inspección.

Negociado de Ordenación normativa.

Negociado de Inspección.

Sección de Administración.

Negociado de Administración General.

Negociado de Contratación administrativa, obras y servicios.

Sección de Presupuestos.

Negociado de Control Presupuestario.

Negociado de Inversiones.

Sección de Información.

Negociado de Información General.

Negociado de Informática.

3. Servicio de Ejecución de Programas.

Sección de Tercera Edad.

Negociado de Residencias.

Negociado de Centros de día.

Sección de Minusválidos.

Negociado de Centros-Base.

Negociado de Prestaciones e Integración Social.

Sección de Acciones Especializadas.

Negociado de Ayuda a Domicilio.

Negociado de Programas Especiales.

Negociado de Acción Concertada Institucional.

4. Intervención Central.

Sección Fiscal.

Negociado Fiscal.

Sección de Contabilidad.

Negociado de Contabilidad.

DISPOSICION TRANSITORIA

La estructura prevista en la presente Orden ha de quedar condicionada a lo que se determine, tras los estudios pertinentes, sobre relaciones de puesto de trabajo, con su definición y valoración, dentro de la global ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

DISPOSICION FINAL

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 29 de julio de 1985

JOAQUIN J. GALAN PEREZ

Consejero de Trabajo y Seguridad Social

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