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En uso de las atribuciones que me confiere el Decreto 174/83, de 31 de agosto, por el que se regula la cesión de Instalaciones Culturales de la Junta de Andalucía a los Ayuntamientos y accediendo a la petición del Ilmo. Ayuntamiento de Lucena (Córdoba) y que se expresa en la certificación de la sesión plenaria celebrada el día treinta y uno de octubre de mil novecientos ochenta y cinco, vistos los correspondientes informes y la documentación en la que dicho Ayuntamiento acepta todos los extremos que en el Decreto se estipulan, he resuelto, ceder la gestión de uso para fines culturales del inmueble propiedad de la Junta de Andalucía , situado en Plaza de España nº 9 de Lucena. El inmueble sentado sobre una superficie de 127,60 m2 consta de tres plantas construidas, Fue transferido a la Junta de Andalucía por Real decreto 4096/82 de 29 de diciembre (BOE nº 42 de 18 de febrero de 1983). Esta finca está inserta por diecinueveavas partes en el Registro de Lucena, siendo la última inscripción en el Tomo 630, Libro 551, folio 205, finca 521 de fecha 22 de enero de 1971.
De acuerdo con el artículo tercero del Decreto 174/83 de 31 de agosto, el plazo por el qeu se cede dicho inmueble al Ilmo. Ayuntamiento de Lucena, se fija en cinco años a partir de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 22 de octubre de 1986
JAVIER TORRES VELA
Consejero de Cultura
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