Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 101 de 7/11/1986

1. Disposiciones generales

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 28 de octubre de 1986, por la que se rectifican errores en la Resolución de 3 de mayo de 1985 aprobatoria del texto refundido de la revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Málaga.

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Advertido que en la elaboración de Imprenta de los Planos «A¯ del Plan General de Ordenación Urbana «Calificación, Usos y Sistemas¯ se produjeron algunos errores en la colaboración de parcelas, como claramente se deduce del mero contraste de los Planos realizados manualmente y su transcripción en la Imprenta.

En base a lo dispuesto en el art. 111 de la Ley de Procedimiento Administrativo y teniendo en cuenta que se trata de meros errores de transcripción en la Imprenta.

HE RESUELTO

Rectificar los Planos «A¯ del Texto Refundido en el sentido siguiente:

1. Parcela de terreno sita en la urbanización Las Palmeras de forma rectangular y de una superficie aproximada de 1.350 m2, que linda al norte con la calle Las Palmeras del Limonar, al sur y al este con la calle Gialda y al oeste con el jardín perteneciente al edificio colindante. En la hoja 14 del Plano «A¯ del P.G.O.U., Calificación, Usos y Sistemas, se observa que la citada parcela carece de color, debiendo ser azul celeste y con la ordenanza UAS-3.

2. Parcelas de terreno situadas en la manzana de forma triangular que linda por un lado con la Avda. de Barcelona - frente al mercado de Bailén

- y en el vértice opuesto con la c/ Trinidad. Las parcelas concretamente dan fachada a la Avda. de Barcelona la primera de una superficie aproximada de 70 m2 y a la misma Avenida y a la calle Trinidad la segunda de una superficie aproximada de 35 m2.

En la hoja 14 del Plano «A¯ Calificación, Usos y Sistemas del P.G.O.U. se observa que las citadas parcelas separadas por un cuerpo de edificación, carecen de color, debiendo ser el perteneciente a la Ordenanza del Centro.

3. Parcela de terreno de forma triangular en cuyo vértice superior se unen las calles Rodeo y Paseo de Cerrado de Calderón. Su superficie aproximada es de 300 m2.

En la hoja 15 del plano «A¯ del P.G.O.U. Calificación, Usos y Sistemas, se observa que la parcela citada no tiene color, debiendo ser éste gris y la Ordenanza Comercial.

4. Parcela de terreno sobre la que se asienta el cine de verano Los Galones que da fachada a la calle Fernández Shaw. En la hoja 15 del plano «A¯ Calificación, Usos y Sistemas del P.G.O.U. aparece la parcela pintada de negro, cuando su color debe ser gris (Ordenanza Comercial).

5. Parcela de terreno sobre la que se asienta el antiguo cine Lope de Vega, hoy pista de patinaje. Está situada formando esquina entre la calle Juan Sebastián Elcano y el arroyo Pilones. En la hoja 15 del plano «A¯ Calificación, Usos y Sistemas del P.G.O.U. aparece la parcela grafiada en negro, cuando su color debe ser gris, perteneciente a la Ordenanza Comercial.

6. Parcela de terreno en forma triangular sobre la que se asienta parte de un edificio consolidado. Está situada entre la calle Zárate y la Alameda de Capuchinos con la que forma esquina. En la hoja 8 del plano «A¯ Calificación, Usos y Sistemas del P.G.O.U. se observa que la citada parte del edificio está pintada de ordenanza MC-1, cuando el resto del mismo en la hoja 14 está coloreado de Ordenanza Centro, que es la que corresponde a la totalidad del conjunto.

7. Parcela de terreno en forma rectangular situada entre calle Isla Cristina y la Plaza Ricardo Verdugo con una superficie aproximada de 220 m2.

En la hoja 19 del plano «A¯ Calificación, Usos y Sistemas del P.G.O.U. se observa que la citada parcela carece de color, debiendo ser éste el perteneciente a la Ordenanza MC-1.

8. Parcela situada en calle Ureña nº 75 aparece sin calificación en Texto Refundido. La calificación será la correspondiente a la Aprobación Definitiva, Colonia Tradicional Popular (CTP-1).

9. En la prolongación de la calle Rosalía de Castro que aparece por vez primera en el Texto Refundido un vial de forma diferente al camino actual. Por lo que deberá adoptar el trazado al camino y linderos consolidados en la Aprobación Definitiva.

10. En la Urbanización San Alberto la parcela calificada de industrial en el Texto Refundido, deberá volver a calificarse de UAD-1, ya que la calificación que fue aprobada por la Resolución de 9 de noviembre de 1983.

Sevilla, 28 de octubre de 1986

JAIME MONTANER ROSELLO

Consejero de Obras Públicas y Transportes

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