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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo y Bienestar Social de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 16 de mayo de 1986 por la Audiencia Territorial de Granada en Recurso Contencioso-Administrativo no 380/83 promovido por la Empresa Cía. Telefónica Nacional de España, S.A. sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
"Fallo: Que estimando el presente Recurso Contencioso-Administrativo, interpues ña, contra Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Trabajo y Seguridad Social de Jaén, de fecha 8 de abril de
1983, por la que se impone a la Entidad actora una sanción de cien mil pesetas, y contra Resolución del Director General de Trabajo y Cooperación de la Consejería de Trabajo de la Junta de Andalucía, de fecha 23 de mayo de 1983, desestimatoria, esta última, del Recurso de Alzada interpuesto contra la primera, debemos anular y anulamos y dejamos sin efecto los dos referidos actos administrativos, por no ser ajustados a Derecho. Sin expresa imposición de costas".
Sevilla, 4 de noviembre de 1986.- El Secretario General Técnico, Pedro Bisbal Aróztegui.
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