Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 104 de 18/11/1986

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

ORDEN de 5 de noviembre de 1986, por la que se aprueba la modificación de las vías pecuarias del término municipal de El Saucejo (Sevilla).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

A instancia del Ayuntamiento de El Saucejo (Sevilla) se ha instruido expediente de modificación de la clasificación de la vía pecuaria "Cañada Real de Ronda" en dicho término municipal. El expediente se sustanció conforme a los trámites establecidos en el Reglamento de Vías Pecuarias aprobado por Decreto 2876/78 de 3 de noviembre y con el dictamen favorable de las Entidades a que se refiere el art. 90 de dicho Reglamento. En su virtud, en uso de las atribuciones que me están conferidas y a propuesta de la Presidencia del Instituto Andaluz de Reforma Agraria,

D I S P O N G O :

1º.) Se aprueba la modificación de la clasificación de la vía pecuaria "Cañada Real de Ronda" del término municipal de El Saucejo (Sevilla), a su entrada y salida de la población de El Saucejo, clasificándola como excesiva en los siguientes tramos: Los 350 metros inmediatos antes de entrar en el casco urbano y 400 metros a su salida, quedando reducida su anchura de los 75,22 metros legales a los 12 metros necesarios para el tránsito ganadero, con un sobrante de 63,22 metros. Firme la presente Orden se procederá al deslinde y amojonamiento, sin que el sobrante pueda ser ocupado en tanto no sea legalmente enajenado.

2º.) Esta Orden, que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, para general conocimiento, agota la vía administrativa, pudiendo interponerse, por aquellos que se consideren afectados, recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, ante el Consejero de Agricultura y Pesca, en la forma, requisitos y términos que establece el artículo 126 de la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958 y de acuerdo con el artículo 52 y siguientes de la Ley de 27 de diciembre de 1956 reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 5 de noviembre de 1986

MIGUEL MANAUTE HUMANES

Consejero de Agricultura y Pesca

Descargar PDF