Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 108 de 5/12/1986

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Otros. MONTE DE PIEDAD Y CAJA DE AHORROS DE SEVILLA

OCTAVA emisión de cédulas hipotecarias (PP. 885/86).

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Entidad emisora: Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Sevilla, con domicilio en Sevilla, Plaza de Villasís, núm. 2. Fundada el 5 de agosto de

1842, Sevilla, inscrita con el núm. 46 en el Libro Registro Especial de la Caja de Ahorro Popular, del Banco de España, con fecha 13 de diciembre de

1930.

Importe de la emisión: Mil millones de pesetas en 10.000 títulos al portador de 100.000 ptas. nominales cada uno. Tipo de emisión: A la par, libre de gastos para el suscriptor. Suscripción: La Dirección General de Política Financiera ha señalado como plazo de suscripción abierta desde el día 20 de diciembre hasta la venta total de las Cédulas, o en su defecto hasta el 20 de junio de 1987. Interés: El interés nominal será del 8,5%, pagaderos por semestres vencidos los días 20 de diciembre y 20 de junio de cada año, siendo el primer cupón a pagar el 20 de diciembre de 1987. Los intereses correspondientes al 20 de junio de 1987, se abonarán al mismo interés nominal del 8,5% en proporción al tiempo transcurrido desde la fecha de suscripción.

Amortización: La amortización de los títulos se realizará el 20 de junio de 1.990.

Precio de reembolso: Los títulos se amortizarán al precio de 100 por

100, lo que supone devolver 100.000 ptas. por cada título, libres de gastos para el tenedor.

Garantías: El Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Sevilla responderá de los intereses y principal con carácter universal y afecta expresamente, de conformidad con la Ley y Reglamento, las hipotecas que en cualquier tiempo consten inscriptas a favor de la

Entidad emisora, sin necesidad de inscripción registral. Régimen Fiscal: De conformidad con la legislación vigente y las autorizaciones administrativas, las suscripciones sujetas al Impuesto General sobre la Renta de las Personas Físicas tendrán una desgravación del 15 por 100, siempre que cumplan los demás requisitos que su regulación específica requiere.

Los rendimientos estarán sujetos a la retención a cuenta por rendimientos del capital mobiliario, al tipo legal vigente en cada momento, y que en la actualidad es del 18 por 100. La emisión, transmisión y cancelación de las Cédulas Hipotecarias, así como su reembolso, gozan de le exención establecida en la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (art. 19, Ley 2/1982).

Cotización en Bolsa: Se solicita su admisión a cotización oficial en la Bolsa de Madrid, comprometiéndose la Entidad emisora a cumplir los requisitos establecidos en el Reglamento Oficial de las Bolsas para la obtención de la cotización calificada.

Folleto de la emisión: Existe un folleto informativo a disposición del Público en todas las oficinas del Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Sevilla y en la Bolsa de Madrid.

Sevilla, 20 de noviembre de 1986.- El Director General.

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