Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 15 de 21/02/1986

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 30 de enero de 1986, de la Dirección General de Juventud y Deportes, por la que se modifica parcialmente la de 11 de enero de 1985 estableciendo las normas para la utilización de los campamentos juveniles albergues, residencias y campos de trabajo en régimen de ofertas concertadas durante la temporada estival.

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Ilmos. Sres.:

La Resolución de 11 de febrero de 1985, de la Dirección General de Juventud y Deportes (BOJA nº 19, de 26 de febrero de 1985) estableció las normas de utilización de las instalaciones al servicio de la juventud en régimen de ofertas concertadas durante la temporada estival, así como las tarifas a aplicar en 1985 durante la campaña de verano. La experiencia obtenida durante dicha campaña ha hecho aconsejable una modificación de dicha normativa, que afecta a las modalidades de oferta concertada, a los plazos para la reserva y adjudicaciones de las instalaciones, y a las tarifas a aplicar en 1986, este último aspecto de acuerdo con los límites de incrementos con respecto a 1985. En consecuencia, mediante la presente Resolución se modifican los puntos

2 y 3 de la referida de 11 de febrero de 1985, así como el Anexo II que quedan redactados en los siguientes términos respectivamente:

2. Temporada estival.

Comprende el tiempo que va desde el 15 de junio al 15 de septiembre de cada año. Durante el mismo sólo podrán ser utilizados por quincenas naturales (catorce pernoctaciones), estableciéndose como única modalidad aquélla que permite el uso del Campamento, Albergue o Residencia y del material (excepto el de actividades específicas) incluyendo en su caso la instalación sobre el terreno de acampada de tiendas, colchonetas, rejillas y mantas, así como el consumo de agua, gas y electricidad, y la alimentación, gerencia y personal laboral de la instalación.

3.1.Plazos.

Con el objeto de racionalizar las peticiones de uso de las instalaciones, se establecen los siguientes plazos:

actividades a desarrollar, en las Delegaciones Provinciales de la

A) Presentación de solicitudes acompañadas del horario y programa de actividades a desarrollar, en la Delegaciones Provinciales de la Consejería de Cultura, hasta el día 15 de marzo inclusive.

B) Las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Cultura remitirán a la Dirección General de Juventud y Deportes antes del día 30 de marzo la preselección que realicen de acuerdo con el orden establecido en el punto

3.2 de la presente normativa, acompañando informe justificativo de los motivos de selección y cuantos datos considere de interés.

C) La Dirección General de Juventud y Deportes notificará a las entidades solicitantes la resolución adoptada antes del día 20 de abril.

Transcurridos los plazos indicados en el apartado 3.1, las instalaciones que queden disponibles podrán ser reservadas por las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Cultura de la provincia en que radiquen las instalaciones a las entidades que las soliciten, debiendo comunicar con carácter urgente dichas reservas a la Dirección General de Juventud y Deportes.

La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

ANEXO II

PRECIOS PARA 1986 EN CAMPAMENTOS, ALBERGUES Y RESIDENCIAS DURANTE LA CAMPAÑA ESTIVAL.

CAMPAMENTOS Pts. 14 pernoctaciones

Entidades Públicas ........................................ 11.000 Entidades Privadas ......................................... 12.650 Promoción ................................................. 7.500 Campos de Trabajo .......................................... 5.000

ALBERGUES Y RESIDENCIAS

Entidades Públicas ........................................ 13.090 Entidades Privadas ......................................... 13.750 Promoción ................................................. 7.500 Campos de Trabajo .......................................... 5.000

Sevilla, 30 de enero de 1986.- El Director General, Luis García Garrido.

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