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El Decreto 117/1985, de 5 de junio por el que se crea la Medalla de Andalucía establece que tal distinción se concederá en reconocimiento a las acciones, servicios y méritos excepcionales o extraordinarios realizados por personas o entidades, que sean manifestación del trabajo y la solidaridad en beneficio de los demás ciudadanos. Es notorio y manifiesto que en D. José Antonio Martínez Soler, concurren méritos suficientes para hacerse acreedor de esta distinción por los servicios que durante su dilatada labor profesional como periodista ha realizado en favor de Andalucía. En su virtud, a iniciativa del Presidente de la Junta de Andalucía, a propuesta de la Consejería de la Presidencia y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su sesión del día 26 de febrero de 1986,
DISPONGO:
Artículo único. Se concede a D. José A. Martínez Soler, la Medalla de Andalucía en su categoría de plata, con todos los derechos y honores previstos en el Decreto 117/1985, de 5 junio.
Sevilla, 26 de febrero de 1986
JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYAN Presidente de la Junta de Andalucía
ANGEL M. LOPEZ Y LOPEZ
Consejero de la Presidencia
Descargar PDFBOJA nº 17 de 28/02/1986