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Existiendo plazas de Farmacéuticos Titulares vacantes en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en virtud de la transferencia operada por el Real Decreto 1118/1981, de 24 de abril, se estima conveniente por necesidades sanitarias, adscribirlas a las Delegaciones Provinciales de Salud y Consumo a fin de destinarlas posteriormente al desempeño de las funciones que el Decreto 195/1985, de 28 de agosto, señala a los Farmacéuticos de los Distritos de Atención Primaria.
En su virtud, en uso de las facultades que me han sido conferidas, previo informe de la Consejería de Hacienda y aprobación de la Consejería de Presidencia, a propuesta de la Dirección General de Atención Primaria y Promoción de la Salud,
D I S P O N G O :
Artículo único. Las plazas de Farmacéuticos Titulares relacionadas con el Anexo I de la presente Orden se adscriben a las Delegaciones Provinciales de Salud y Consumo en la forma establecida en el Anexo II de la misma.
DISPOSICION FINAL
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía".
Sevilla, 26 de mayo de 1986
PABLO RECIO ARIAS
Consejero de Salud y Consumo
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
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