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En uso de las atribuciones que me confiere el Decreto 174/83 de 31 de agosto, por el que se regula la cesión de Instalaciones Culturales de la Junta de Andalucía a los Ayuntamientos y accediendo a la petición del Ilmo. Ayuntamiento de Estepona (Málaga), y que se expresa en la certificación de la sesión plenaria celebrada el día veintinueve de marzo de mil novecientos ochenta y cuatro, vistos los correspondientes informes y la documentación en la que dicho Ayuntamiento acepta todos los extremos que en el referido Decreto se estipulan, he resuelto, ceder la gestión de uso para fines culturales y deportivos del campo de deportes propiedad de la Junta de Andalucía, situado en el lugar denominado "Juan Benítez". Tiene una extensión superficial de 20.405 m2. Fue transferido a la Junta de Andalucía por Real Decreto 4096/82 de 29 de diciembre (B.O.E. no 43 de
19 de febrero de 1983). Esta finca aparece inscrita en el Registro de la Propiedad de Estepona al tomo 195, libro 88, folio 96, finca 6.143, inscripción 2a.
De acuerdo con el artículo tercero del Decreto 174/83 de 31 de agosto, el plazo por el que se cede dicha finca al Ayuntamiento de Estepona, se fija en cinco años, a partir de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 27 de mayo de 1986
JAVIER TORRES VELA
Consejero de Cultura
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