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Ilmo. Sr.:
En el recurso Contencioso-Administrativo número 851-D.F./86, seguido a instancia de D. José Luis Calero Sánchez y otros contra la Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de 26 de marzo de 1986, por la que se convocaban pruebas selectivas para la provisión de plazas situadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza General Básica, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Sevilla, en el incidente de suspensión dinamante del citado recurso, se ha cidtado con fecha cinco de junio de 1986, Auto en los siguientes términos:
"La Sala dijo: Se suspende la efectividad de lo establecido en el número
2º prueba de conocimientos específicos, del número 6 del apartado II de la Orden de 26 de marzo de 1986 de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía en cuanto exime de dicha prueba a quienes se encuentren en el supuesto contemplado en la Disposición Transitoria del Real Decreto
533/86 de 14 de marzo".
En su virtud, esta Consejería, de conformidad en la Disposición Transitoria del Real Decreto 533/86 de 14 de marzo".
En su virtud, esta Consejería, de conformidad con lo establecido en la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de
1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos el expresado Auto.
Lo que comunico a V.I. para su cumplimiento y efectos.
Sevilla, 19 de junio de 1986
MANUEL GRACIA NAVARRO
Consejero de Educación y Ciencia
Ilmo. Sr. Director General de Personal.
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