Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 66 de 5/7/1986

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 12 de junio de 1986, por la que se autoriza al Ayuntamiento de Ojén (Málaga) para adoptar su Escudo heráldico municipal.

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El Ayuntamiento de Ojén (Málaga), ha estimado oportuno adoptar su Escudo Heráldico que, en parte y de forma tradicional, viene usando como propio el Municipio a fin de perpetuar en él los hechos más relevantes y peculiares de su pasado histórico. A tal efecto y de acuerdo con las facultades que le confieren las disposiciones legales vigentes, elevó para su definitiva aprobación el correspondiente proyecto y memoria descriptiva del mismo.

El expediente se sustanció conforme a las normas establecidas al respecto en la Ley de Régimen Local y en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales. La Real Academia de la Historia emitió dictamen en sentido favorable. En su virtud y considerando las facultades que me confiere el artículo único del Decreto 14/1984, de 18 de enero, en relación con la norma 3.1 de las aprobadas por el Real Decreto 3315/1983 de 20 de julio, de la Presidencia del Gobierno:

DISPONGO

Artículo 1º. Se autoriza al Ilmo. Ayuntamiento de Ojén (Málaga) para adoptar su Escudo Heráldico, que quedará organizado en la forma siguiente, de acuerdo con el dictamen de la Real Academia de la Historia: Escudo Cuartelado en Cruz: 1º de Gules, la Torre de Plata, saliente de sus almenas, una cabeza de León de Oro, 2º de Azur una capra hispánica de Gules, 3º de plata una cepa de sinople, 4º de sinople una media luna de plata.

Artículo 2º. Comunicar la presente Orden al Ilmo. Ayuntamiento de Ojén (Málaga).

3º. Publicarla en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 12 de junio de 1986

ENRIQUE LINDE CIRUJANO

Consejero de Gobernación

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