Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 68 de 11/7/1986

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 3 de julio de 1986, sobre desconcentración de competencias en los Delegados de Gobernación.

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Asignadas las competencias transferidas en materia de casinos, juego y apuestas a la Consejería de Gobernación en virtud del Decreto 269/1984, de

16 de octubre y regulado el ejercicio de dichas competencias por Decreto

273/1984, de 23 de octubre, de acuerdo con lo prescrito en la Disposición Final Segunda del Decreto 29/1986, de 19 de febrero, en su redacción corregida de fecha 22 de abril (BOJA de 3 de mayo), y mientras no se desarrolle reglamentariamente la Ley 2/1986, de 19 de abril, del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

D I S P O N G O :

Artículo único. Corresponderá a los Delegados de Gobernación, en el ámbito territorial de su competencia, en lo que respecta a los Casinos de Juego, autorizar, en los términos que determine la Dirección General de Política Interior, el diligenciado y sellado de los siguientes libros y registros:

a) Registro de beneficios, en los juegos de círculo. b) Registro de anticipos, en los juegos de contrapartida. c) Libro-registro de control de ingresos, para uno y otro tipo de juegos.

Sevilla, 3 de julio de 1986

ENRIQUE LINDE CIRUJANO

Consejero de Gobernación

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