Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 70 de 17/7/1986

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. TRES DE SEVILLA

EDICTO en sumario núm. 830/84. (PP. 429/86).

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Don Pedro Márquez Buenestado Magistrado-Juez de Primera Instancia Número Tres de los de esta capital y su Partido.

Hago Saber: Que en procedimiento judicial sumario del art. 131 de la Ley Hipotecaria, seguido en este Juzgado con el número 830 de 1984 a instancia de Don Valeriano Amaya Román representado por el Procurador D. José María Fernández de Villavicencio y García contra Don Francisco Javier Roldán León y Doña Ana María Giráldez Bustos de Molina, a solicitud de la parte ejecutante, se ha acordado proceder a la venta en pública subasta, por término de veinte días y tipo señalado en la escritura de constitución de hipoteca, por primera, segunda y tercera vez en su caso, y en perjuicio de la facultad que le confiere la Ley a la parte actora de interes en su momento la adjudicación, las fincas especialmente hipotecadas que se dirán, bajo las siguientes condiciones:

Que las subastas tendrán lugar en la Sala Audiencia de este Juzgado, a las once de la mañana, señalándose la primera subasta el día veintidós de octubre.

La Segunda por el 75% de su tasación el día veinte de noviembre. La Tercera, sin sujeción a tipo el día diecisiete de diciembre próximo a la misma hora, si en la anterior no concurren licitadores ni se solicita la adjudicación.

Salen a licitación por la cantidad que se expresará, no admitiéndose posturas inferiores al tipo por el que sale a subasta, pudiéndose realizar el remate en calidad de cederlo a un tercero. Para poder tomar parte en la subasta deberán los licitadores consignar previamente en la mesa del Juzgado el 20% del tipo de ellas sin cuyo requisito no serán admitidos. En todas las subastas desde su anuncio hasta su celebración, podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, depositándose en la Mesa del Juzgado, junto a aquél el importe de la consignación o acompañando el resguardo de haberla hecho en el Establecimiento destinado al efecto. Los pliegos se conservarán cerrados por el Secretario y serán abiertos en el acto de la licitación, al publicarse las posturas, surtiendo los mismos efectos que las que se realicen en dicho acto.

Las posturas podrán hacerse, como ya se ha dicho, en calidad de ceder el remate a un tercero, el rematante que ejercitase esta facultad habrá de verificar dicha cesión mediante comparecencia ante el propio Juzgado, que haya celebrado la subasta, con asistencia del cesionario, quien deberá aceptarla, y todo ello previa o simultáneamente al pago del resto del precio del remate.

Que los autos y la certificación del Registro a que se refiere la regla cuarta están de manifiesto en la Secretaría; que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación; y que las cargas o gravámenes anteriores y los preferentes -si los hubiere- al crédito del autor, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate.

Si por causa de fuerza mayor, tuviera que suspenderse alguna de las subastas, se entenderán señaladas su celebración para el día hábil inmediato a la misma hora.

BIENES OBJETO DE LA SUBASTA Y PACTO DE TASACION

Nave número 18, perteneciente al edificio destinado a naves industriales en la parcela once del Polígono Industrial Especial de la Autopista de San Pablo o Calonge de esta capital, inscrita al folio dos del tomo 1.692, libro 75 de la Sección 2a Finca 3.222, inscripción 3a. Valorada a efectos de subasta en la cantidad de cinco millones doscientas cincuenta mil pesetas.

Dado en Sevilla a diecinueve de junio de mil novecientos ochenta y seis.- El Secretario.

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