Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 8 de 30/01/1986

1. Disposiciones generales

Consejería de Política Territorial

ORDEN de 8 de enero de 1986, por la que se dispone la publicación del Convenio marco de colaboración entre la Junta de Andalucía, la Sociedad Estatal para la Exposición Universal de 1992 y el Ayuntamiento de Sevilla, para el desarrollo conjunto y coordinado de actividades preparatorias de la Exposición Universal de Sevilla de 1992.

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Iltmo. Sr.:

Suscrito el 30 de diciembre de 1985 el Convenio Marco de colaboración entre la Junta de Andalucía, la Sociedad Estatal para la Exposición Universal de 1992 y el Excmo. Ayuntamiento de Sevilla para el desarrollo conjunto y coordinado de actividades preparatorias de la Exposición Universal de Sevilla de 1992.

Esta Consejería, en virtud de lo dispuesto en el párrafo 4º. del art. 43 y art. 46 de la Ley 6/1983 de 21 de julio del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, acuerda la publicación en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía" del texto del Convenio que figura a continuación:

CONVENIO MARCO DE COLABORACION ENTRE LA JUNTA DE ANDALUCIA, LA SOCIEDAD ESTATAL PARA LA EXPOSICION UNIVERSAL DE 1992 Y EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SEVILLA PARA EL DESARROLLO CONJUNTO Y COORDINADO DE ACTIVIDADES PREPARATORIAS DE LA EXPOSICION UNIVERSAL DE SEVILLA DE 1992.

En Sevilla, a treinta de diciembre de mil novecientos ochenta y cinto.

Reunidos de una parte, el Excmo. Sr. D. Jaime Montaner Roselló, Consejero de Política Territorial de la Junta de Andalucía, en nombre y representación de la misma.

El Excmo. Sr. D. Emilio Cassinello Auban, Presidente de la Sociedad Estatal para la Exposición Universal Sevilla 92, S.A., en nombre y representación de la misma.

El Excmo. Sr. D. Manuel del Valle Arévalo, Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla.

Todas las partes, que se reconocen capacidad suficiente para otorgar el presente Convenio.

EXPONEN

I. La Consejería de Política Territorial tiene atribuido el ejercicio de las competencias que corresponden a la Junta de Andalucía en relación con la Exposición Universal Sevilla/Chicago 1992 -en adelante Exposición- en virtud del art. 4 del decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 60/1984, de 20 de marzo sobre reasignación de competencias a determinadas Consejerías de la Comunidad Autónoma Andaluza. Por otra parte, la Consejería de Política Territorial es titular de competencias ligadas a las tareas de preparación de la Exposición, al tener atribuido el ejercicio, en el orden ejecutivo y administrativo, de las competencias que la Junta de Andalucía ha asumido estatutariamente en materia de ordenación del territorio, urbanismo, arquitectura, vivienda e infraestructuras territoriales y, especialmente, las derivadas de su condición de administración actuante en el Polígono de La Cartuja de Sevilla, cuyos terrenos, pertenecientes al patrimonio de suelo de la Comunidad Autónoma, han sido elegidos para situar en ellos el recinto de la Exposición.

II. La Sociedad Estatal para la Exposición Universal Sevilla 92, SA.

-en adelante Sociedad Estatal- es la Entidad organizadora de la Exposición en la sede de Sevilla, habiendo adoptado tal denominación mediante la modificación de los Estatutos de la "Sociedad Estatal de Ejecución de Programas conmemorativos del V Centenario del Descubrimiento de América, S.A.", dispuesta por el art. 5º. del Real Decreto 487/1985, de

10 de abril, formalizada en escritura pública autorizada por el Notario de Madrid D. Aurelio Escribano Gonzalo con el núm. 1849 de su protocolo. Como Entidad organizadora de la Exposición en la sede de Sevilla tiene

-según establece el art. 5º. del Real Decreto 487/1985, de 10 de abril- como único objeto social la "preparación, organización y gestión de la citada Exposición, así como las actividades conexas y derivadas de las anteriores que resulten necesarias o convenientes". La Sociedad Estatal está bajo la autoridad y control del Comisario General de España para la sede de Sevilla de la Exposición, quien, en su carácter de representante del Gobierno en los asuntos relacionados con la Exposición asume todas las competencias correspondientes a la dirección, programación y coordinación de las actividades concernientes a la citada Exposición en el marco de la conmemoración del V Centenario del Descubrimiento de América. De manera específica corresponden al Comisario General las facultades relacionadas en el art. 3º. del Real Decreto referenciado y, especialmente, las de canalizar, y coordinar las iniciativas y actuaciones relativas a la Exposición que procedan de entidades o personas, públicas o privadas, a cuyos efectos podrá solicitar y obtener la colaboración de todos los órganos de la Administración del Estado y de las entidades y organismos dependientes de ésta, e igualmente podrá solicitar la colaboración de los órganos y autoridades de las Comunidades Autónomas, de las entidades y organismos dependientes de las mismas y de las Corporaciones Locales.

En su condición de organizadora de la Exposición en su sede de Sevilla, definiendo el contenido y modelo de la misma, la Sociedad Estatal ejercerá, entre otras, conforme al art. 9º. del Reglamento General de la Exposición Sevilla/Chicago 1992, aprobado por la OIE. en su reunión del 7 de diciembre de 1983 y publicado en el Boletín Oficial del Estado del 9 de febrero de 1984, las siguientes facultades:

1. Solicitar ayuda financiera, pública y privada, y administrar los fondos que se obtengan con el fin de preparar y realizar la Exposición.

2. Organizar el desarrollo de la Exposición, adquirir o establecer acuerdos en relación con los terrenos necesarios para la misma, asegurar la terminación de la urbanización de los terrenos de la sede y las edificaciones necesarias para la Exposición.

3. Establecer los alquileres, cuotas de entrada, tarifa de las concesiones y otras cuotas, especialmente las referentes a los servicios esenciales.

4. Concertar los contratos de participación con los participantes oficiales, expositores privados y concesionarios.

5. Establecer los Reglamentos Especiales y promover su aprobación por los Comisarios Generales respectivos y la OIE.

6. Ser responsable de la gestión de la Exposición y garantizar su normal funcionamiento.

III. El Excmo. Ayuntamiento de Sevilla, cauce inmediato de participación de los sevillanos en los asuntos públicos y Corporación representativa de la Ciudad que ha sido elegida sede de la Exposición por su destacado papel histórico en el Descubrimiento del Nuevo Mundo y para conmemorar la estrecha vinculación que la Ciudad tuvo con América, ostenta las competencias generales que el ordenamiento jurídico atribuye a los municipios en la gestión de los asuntos que le son propios, siendo también titular del derecho, reconocido en el art. 2 de la Ley 7/1985, de

2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, a intervenir en cuantos asuntos afecten directamente al círculo de sus intereses. Así mismo, corresponden al Ayuntamiento de Sevilla las competencias reconocidas por la legislación urbanística vigente en relación con la ordenación gestión y disciplina urbanísticas de su término municipal y, especialmente, las de redacción, formación y aprobación de su planeamiento urbanístico, sin perjuicio de las competencias que aquella atribuye a la Comunidad Autónoma.

IV. La Junta de Andalucía y La Sociedad Estatal de Ejecución de Programas Conmemorativos del V Centenario del Descubrimiento de América, S.A., suscribieron el 5 de noviembre de 1984 un Convenio Marco de colaboración para el desarrollo conjunto y coordinado de actuaciones preparatorias de la Exposición Universal de 1992. Este Convenio articuló un grupo de trabajo dentro del que se integró el Ayuntamiento de Sevilla. Después de un año de vigencia y como consecuencia de los cambios normativos y organizativos acaecidos con la designación del Comisario General y la modificación de la denominación, objeto social y domicilio de la Sociedad Estatal, aquel Convenio debe ser sustituido por otro que recoja la nueva situación y que dé entrada, como parte interviniente, al Ayuntamiento de la ciudad sede.

V. El 22 de julio de 1985 el Comisario General de España solicitó al Presidente de la Junta de Andalucía la cesión de doscientas quince hectáreas en la isla de la Corta de La Cartuja para ubicar la Exposición.

El 6 de septiembre del mismo año, el Presidente de la Junta responde al Comisario General, asegurando que la Junta de Andalucía, a través del Convenio Marco a suscribir y previo acuerdo del Consejo de Gobierno, formalizará la cesión de los terrenos mediante la fórmula jurídica adecuada.

VI. Constituyendo la celebración en Sevilla un compromiso internacional, adquirido por el Gobierno de la Nación, y, por tanto un asunto del Estado inscrito en la acción exterior, y considerando que la ejecución en el plano interno de lo convenido internacionalmente no afecta a la distribución de competencias constitucionalmente asumidas por la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Sevilla, estas Entidades están vinculadas a ejercer sus potestades ordenándolas a la consecución

-mediante su cooperación con el Gobierno de la Nación- del adecuado compromiso que ha asumido España frente a la Comunidad internacional. Por todo ello las partes comparecientes, en contemplación de las competencias y responsabilidades que tienen atribuidas en relación con el hecho de que sea Sevilla sede de la Exposición, consideran preciso el establecimiento de un Convenio Marco a fin de expresar los principios y objetivos de su cooperación mutua, y articular los mecanismos adecuados para conseguir un desarrollo coordinado y más eficaz de las funciones y programas de actuación que para cada una de ellas y en el ámbito de sus respectivas facultades y competencias se derivan de la celebración en Sevilla de la Exposición Universal de 1992, para lo cual fomentarán además, en la mayor medida, la participación y coordinación de los demás administraciones y agentes implicados.

De conformidad con todo lo anteriormente expuesto, la Junta de Andalucía, la Sociedad Estatal para la Exposición Universal Sevilla 92, S.A., y el Ayuntamiento de Sevilla otorgan el presente Convenio Marco de colaboración, que sustituye al citado de 5 de noviembre de 1984 y que servía de pauta para los instrumentos jurídicos que en desarrollo del mismo y de modo específico deban suscribirse entre las partes, conforme a las siguientes.

ESTIPULACIONES

1ra. La Junta de Andalucía, La Sociedad Estatal y el Ayuntamiento de Sevilla coordinarán sus esfuerzos para la mejor realización de la Exposición Universal a la vez que constituya el mayor éxito en su realización en Sevilla, con el fin de que dicho acontecimiento reporte los mayores beneficios para Sevilla, Andalucía y España, optimizando los recursos públicos empleados e intercambiando cuantos informes, estudios y proyectos se orienten a la preparación de la Exposición. Las partes comparecientes reconocen como objetivos comunes y, por tanto, a tener en consideración en sus actuaciones coordinadas, los siguientes:

a) Canalizar el esfuerzo inversor exigido a las administraciones públicas y entidades privadas con ocasión de la Exposición, de forma que ésta se constituya, por una parte, en apoyo de la política autonómica de mejora de las comunicaciones regionales, la modernización del sector turístico, la proyección internacional del comercio y la adaptación urbanística de Sevilla a su función de capital de la región, y que, por otra parte, se ajuste a los requerimientos y programas de la Ciudad sede, incorporados a la Revisión de su Plan General, actualmente en redacción.

b) Difundir a toda la región los efectos culturales e inversores en materia de infraestructuras y servicios motivados por la Exposición, por tener ésta que apoyarse en recursos territoriales, urbanos y turísticos de ámbito regional, así como servir a la proyección universal de Andalucía.

c) Apoyar con la ordenación de los terrenos de La Cartuja y de sus enlaces y relaciones con el entorno urbano y territorial, y con las correspondientes obras de acondicionamiento y acceso, la organización general urbanística del área metropolitana de Sevilla.

d) Adecuar la dimensión, el alcance de la demanda y los efectos urbanísticos, territoriales, infraestructurales y de servicios de la Exposición y las capacidades de acogida y asimilación de los ámbitos urbanos, metropolitanos y regional implicados por su desarrollo.

2ra. La Junta de Andalucía, la Sociedad Estatal y el Ayuntamiento de Sevilla elaborarán un programa de las actuaciones que, conjunta o coordinadamente, deban desarrollar para el logro de los objetivos señalados en la estipulación anterior.

La elaboración del programa se efectuará por la Ponencia Técnica que se constituya conforme a la estipulación sexta, y será aprobado por la Comisión a que se hace referencia en la misma estipulación.

3ra. La Junta de Andalucía y la Sociedad Estatal, mediante convenio específico a suscribir por ambas, acordarán las condiciones de cesión de los terrenos de la Isla de La Cartuja necesarios para ubicar el recinto de la Exposición. Los terrenos, con una extensión de doscientas quince hectáreas, incluirán los ocupados por el antiguo Monasterio de Santa María de las Cuevas, Fábrica y jardines de La Cartuja, en término municipal de Sevilla, debiendo tratarse de los más cercanos a la Ciudad, continuos, y a la margen del río para facilitar el acceso y comunicaciones. La Junta se compromete a facilitar tales terrenos a la Sociedad Estatal, en su condición de organizadora de la Exposición y responsable de la obra urbanizadora y de las edificaciones precisas para el acontecimiento. También se compromete la Junta de Andalucía a instrumentar la oportuna fórmula jurídica que permita de la Sociedad Estatal el uso temporal de la superficie y vuelo de los terrenos, para su efectiva puesta a disposición en los términos previstos en el Reglamento General.

4ra. La Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Sevilla, mediante convenio específico a suscribir por ambas administraciones, acordarán, dentro de sus respectivas competencias, los instrumentos de planeamiento y las determinaciones adecuadas para la ordenación de los terrenos que deberá en todo caso, además de satisfacer las exigencias y requerimientos de la Exposición -para lo que se reconoce participación relevante a la redacción del mismo a la Sociedad Estatal- adecuarse a la organización general urbana y metropolitana que se determinen en los procesos en marcha de revisión del Plan General de Sevilla y de coordinación urbanística de los municipios del área metropolitana de Sevilla.

5ra. Las partes suscribientes podrán entre ellas, o conjuntamente con otras instituciones, entidades o asociaciones públicas o privadas, cuantos convenios específicos, programas o actividades tiendan a desarrollar este Convenio Marco y redunden en el éxito de la Exposición, siempre dentro de los principios y objetivos en él proclamados.

6ra. Para el desarrollo y seguimiento de este Convenio se constituye una Comisión integrada por el Excmo. Sr. Consejero de Política Territorial, el Excmo. Sr. Presidente de la Sociedad Estatal y el Excmo. Sr. Alcalde de Sevilla. La Comisión estará asistida por una Ponencia Técnica, integrada por representantes designados por las partes y a la que podrá invitarse a otras Administraciones, Organismos y Entidades públicas o privadas, directamente relacionadas con la Exposición.

7ra. Las partes intervinientes, de acuerdo con la normativa y el carácter de más alta autoridad del Comisario General de España para la sede de Sevilla, prestarán la máxima colaboración al mismo, para hacer efectivas sus funciones de dirección, programación y coordinación de cuanto concierne a la Exposición, fijación de las directrices precisas para la ejecución de planes y programas y su elevación al Gobierno. Y en prueba de conformidad firman el presente Convenio en la fecha 30 de diciembre de 1985, el Consejero de Política Territorial de la Junta de Andalucía, Jaime Montaner Roselló. El Presidente de la Sociedad Estatal para la Exposición Universal de Sevilla 92, S.A., Emilio Casinello Auban. El Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla, Manuel del valle Arévalo.

Lo que comunico a VI. para su conocimiento y efectos.

Sevilla, 8 de enero de 1986

JAIME MONTANER ROSELLO

Consejero de Política Territorial

Iltmo. Sr. Viceconsejero de Política Territorial.

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