Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 88 de 23/9/1986

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Salud

ORDEN de 4 de septiembre de 1986, por la que se nombran los representantes de la Administración de la Comunidad Autónoma en el Consejo General de la Red de Asistencia Sanitaria de la Seguridad Social en Andalucía.

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En cumplimiento del mandato expresado en el artículo 20.5 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, conforme al cual la Comunidad Autónoma ha de ajustar el ejercicio de las competencias asumidas en materia de Sanidad y Seguridad Social a criterios de participación democrática de los interesados y de los sindicatos de trabajadores y asociaciones empresariales, por el Decreto 114/1984, de 25 de abril (BOJA núm. 53, de

26 de mayo) se creó, con carácter provisional, el Consejo General de la Red de Asistencia Sanitaria de la Seguridad Social en Andalucía, como órgano de participación en el control y vigilancia de la gestión de los Servicios Sanitarios de la Seguridad Social transferidos a esta Comunidad Autónoma en virtud del Real Decreto 400/1984, de 22 de febrero (BOE nº 51, de 29 de febrero).

El mencionado Decreto 114/1984, en su artículo 2º, establece una composición tripartita del Consejo General, atribuyendo al Consejero de Salud y Consumo el nombramiento de los siete representantes de la Administración de la Comunidad Autónoma, designación que se efectuó mediante Orden de 31 de agosto de 1984 (BOJA núm. 66, de 18 de septiembre), mientras que, por la posterior Orden de 12 de septiembre de

1985 (BOJA nº 92, de 26 de septiembre), se procedió a efectuar el nombramiento de los miembros suplentes que, mediante causa justificada, habrían de sustituir a los representantes de la Administración. No obstante, la reorganización de la estructura superior de la Junta de Andalucía, efectuada por el Decreto del Presidente 130/1986, de 30 de julio (BOJA nº 74, de 30 de julio), que ha determinado la modificación de la denominación y de las competencias de determinadas Consejerías, exige efectuar un nuevo nombramiento de los miembros -titulares y suplentes- que, en razón de su cargo, han de representar a la Administración de la Comunidad Autónoma en el mencionado órgano de participación en el control y vigilancia de la gestión.

No puede desconocerse, sin embargo, el mantenimiento del carácter provisional del Consejo General de la Red Asistencial hasta la definitiva constitución de los órganos de participación del Servicio Andaluz de Salud, en cumplimiento de las previsiones contenidas en la Ley 8/1986, de

6 de mayo (BOJA nº 41, de 10 de mayo), de creación del citado Organismo Autónomo.

En su virtud, en uso de las facultades que me han sido conferidas,

D I S P O N G O:

Artículo 1º. En representación de la Administración de la Comunidad Autónoma, se designan los siguientes miembros en el Consejo General de la Red de Asistencia Sanitaria de la Seguridad Social en Andalucía:

Ilmo. Sr. Viceconsejero de Salud.

Ilmo. Sr. Viceconsejero de Gobernación.

Ilmo. Sr. Viceconsejero de Economía y Hacienda. Ilmo. Sr. Viceconsejero de Trabajo y Bienestar Social. Ilmo. Sr. Secretario General Técnico de la Consejería de Salud. Ilmo. Sr. Director General de Asistencia Hospitalaria y Especialidades Médicas.

Sr. Adjunto al Secretario General Técnico para la Red de Asistencia Sanitaria de la Seguridad Social en Andalucía.

Artículo 2º. Para sustituir a los representantes nombrados en el artículo anterior, cuando concurra alguna causa justificada, se designan a los miembros siguientes en el Consejo General de la Red de Asistencia Sanitaria de la Seguridad Social en Andalucía: Ilmo. Sr. Secretario General para la Función Pública, en sustitución del Ilmo. Sr. Viceconsejero de Gobernación.

Ilmo. Sr. Secretario General Técnico de la Consejería de Economía y Hacienda, en sustitución del Ilmo. Sr. Viceconsejero de Economía y Hacienda.

Ilmo. Sr. Secretario General Técnico de la Consejería de Trabajo y Bienestar Social, en sustitución del Ilmo. Sr. Viceconsejero de Trabajo y Bienestar Social.

Sr. Jefe del Servicio de Presupuestos, en sustitución del Ilmo. Sr. Secretario General Técnico de la Consejería de Salud. Sr. Jefe del Servicio de Ordenación Funcional, en sustitución del Ilmo. Sr. Director General de Asistencia Hospitalaria y Especialidades Médicas. Sr. Jefe del Servicio de Coordinación Económica de la Red de Asistencia Sanitaria de la Seguridad Social en Andalucía, en sustitución del Sr. Adjunto al Secretario General Técnico para la Red de Asistencia Sanitaria de la Seguridad Social en Andalucía.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Quedan derogadas la Orden de la Consejería de Salud y Consumo de 31 de agosto de 1984, por la que se nombran los representantes de la Administración de la Comunidad Autónoma en el Consejo General de la R.A.S.S.S.A., y la Orden de la citada Consejería de 12 de septiembre de

1985, por la que se nombran los representantes suplentes de la Administración en el mencionado Consejo General.

Segunda. La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía".

Sevilla, 4 de septiembre de 1986

EDUARDO REJON GIEB

Consejero de Salud

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