Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 88 de 23/9/1986

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Gobernación

ORDEN de 16 de septiembre de 1986, por la que se anuncia convocatoria de provisión de puestos de trabajo, por el sistema de libre designación, en la Agencia de Medio Ambiente.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Existiendo puestos vacantes de libre designación en la Agencia de Medio Ambiente y estando pendiente la aprobación de la relación de puestos de trabajo que permita el cumplimiento de la dispuesto en el artº 25.1 y 3 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, se hace necesario proveer, con carácter provisional, los citados puestos para la mejor gestión de los servicios de la Administración de la Junta de Andalucía. En su virtud, según lo previsto en el Acuerdo del Consejo de Gobernación, de 26 de febrero, y art 3º del Decreto 130/86, de 30 de julio, esta Consejería, ha resuelto anunciar la presente convocatoria de provisión de puestos de trabajo, por el sistema de libre designación, que se regira por las siguientes

B A S E S

Primera. Podrán tomar parte en esta convocatoria, únicamente, los funcionarios al servicio de la Junta de Andalucía, pertenecientes a los Grupos que tienen encomendado el desempeño de los puestos objeto de la presente convocatoria, según lo dispuesto en el Anexo I y que se encuentren el alguna de las situaciones previstas en la legislación vigente.

Segunda. Podrán solicitarse cuantas vacantes se incluyen en el Anexo I de la presente convocatoria, por orden de preferencia.

Tercera. Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria, dirigidas al Ilmo. Sr. Secretario General de la Agencia de Medio Ambiente, y ajustadas al modelo publicado como Anexo II a esta convocatoria, se presentarán en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en el Registro de la Agencia de Medio Ambiente, en el Registro General de la Consejería de la Presidencia, en el Registro de la Consejería de Gobernación, en las Oficinas a que se refiere el artº 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo o en los Ayuntamientos de Andalucía, de acuerdo con lo dispuesto en el artº 51 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma.

Cuarta. No se admitirán los desistimientos para tomar parte en la convocatoria, una vez transcurrido el plazo que se establece en la Base Tercera para la presentación de instancias.

Quinta. La documentación de los méritos alegados se acreditará: a) El tiempo de servicio, mediante certificación de la Jefatura de Personal correspondiente.

b) Los demás méritos que se aleguen, mediante fotocopia compulsada de los documentos justificativos. No serán tenidos en cuenta los méritos alegados que no sean justificados documentalmente.

Sexta. La Comisión de valoración de la presente convocatoria, tendrá la siguiente composición:

Presidente: Ilmo. Sr. Secretario General de la Agencia de Medio Ambiente.

Vicepresidente: Sr. Jefe de la Sección de Personal de la Agencia de Medio Ambiente.

Vocal: Sr. Jefe de la Sección de Legislación de la Agencia de Medio Ambiente.

Vocal: Un representante de la Secretaría General para la Función Pública.

Secretario: Sr. Jefe del Negociado de Personal de la Agencia de Medio Ambiente.

Séptima. La Comisión de valoración deberá finalizar los trabajos de evaluación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha final de la presentación de instancias. Dentro de los siguientes diez días, deberá elevar la oportuna propuesta de resolución a la Consejería de Gobernación, acompañada de la correspondiente documentación. La presente convocatoria se resolverá por Orden de la Consejería de Gobernación. En el plazo de tres días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de la Orden de Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, se procederá por el órgano competente respectivo, a efectuar los ceses, debiendo producirse las tomas de posesión en los tres días siguientes al cese si la plaza radica en la misma localidad o en un mes si se trata de distinta localidad.

ENRIQUE LINDE CIRUJANO

Consejero de Gobernación

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

Descargar PDF