Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Ilmos. Sres:
Siendo objetivo prioritario de la Consejería de Obras Públicas y Transportes la atención en materia de vivienda a las capas más desasistidas, objetivo que ha de conseguirse por medio de una gestión coordinada con las Corporaciones Locales. A la vista de la solicitud de subvención del Ayuntamiento de Los Corrales (Sevilla), para la construcción de 3 viviendas en la localidad, y en virtud de las facultades que confiere el art. 10 de la Ley 5/1983 de 19 de julio y el art. 15 de la Ley 9/1985 de 28 de diciembre, esta Consejería ha dispuesto:
Primero. Conceder al Ayuntamiento de Los Corrales (Sevilla) una subvención de dos millones quinientas veinticinco mil setecientas setenta y ocho pesetas (2.525.778 pts), para la construcción de las citadas tres viviendas.
Segundo. El abono de la subvención se efectuará conforme al grado de realización de las obras, con arreglo a los siguientes porcentajes e hitos:
20% a la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la concesión de la subvención.
25% contra la presentación y comprobación de la certificación correspondiente a la salida de cimientos. 45% contra la presentación y comprobación de la certificación correspondiente a la terminación de la albañilería e instalaciones. 10% contra la presentación y comprobación de la certificación correspondiente al final de las obras.
Lo que comunico a VV.II., para su conocimiento y efectos.
Sevilla, 10 de septiembre de 1986
JAIME MONTANER ROSELLO
Consejero de Obras Públicas
y Transportes
Ilmos. Sres. Secretario General Técnico y Director General de Arquitectura y Vivienda.
Descargar PDF