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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 5 de julio de 1986 por la Audiencia Territorial de Sevilla en Recurso Contencioso-Administrativo nº 1862/84 promovido por la Empresa SEBASTIAN GONZALEZ BORRAS sobre Sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor: Fallamos: Que accediéndose a las pretensioness deducidas por D. Sebastián González Borras contra el acuerdo de 21 de septiembre de 1984, de la Dirección General de Trabajo, Empleo y Cooperativas de la Junta de Andalucía, desestimatorio del Recurso de
Alzada formulado contra el acuerdo de 4 de junio anterior de la Delegación Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Cádiz, los anulamos por no estar ajustados a Derecho, con devolución del importe de la sanción y sin costas.
Sevilla, 3 de octubre de 1986.- El Secretario General Técnico, Pedro Bisbal Aróztegui.
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