Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 95 de 17/10/1986

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 7 de octubre de 1986, por la que se designan municipios de actuación preferente en rehabilitación en la provincia de Granada.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Ilustrísimos Sres.:

El Decreto 238/85 de 6 de noviembre por el que se regulan ayudas para obras de conservación y mejora de viviendas en municipios de actuación preferente en rehabilitación establece en su artículo primero el requisito de la designación previa de los municipios para amparar en los mismos obras de conservación y mejora de viviendas y poder solicitar los residentes las ayudas técnicas y económicas que contempla el citado Decreto. En el artículo segundo se definen las circunstancias que deben concurrir en los municipios para acceder a esta condición y el procedimiento para la designación.

Los municipios de la provincia de Granada, cuya declaración se contiene en esta Orden, se caracterizan por presentar, de acuerdo con los datos que arrojan los estudios realizados por la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, elevados grados de necesidad potencial de vivienda y niveles de degradación del Patrimonio edificado con un valor medio para el primer parámetro de 55,85 en una escala provincial que va desde 6,64 a 98,02, valores máximos ambos que corresponden a Guadix. Además, el conjunto de municipios poseen indicadores económicos que reflejan una situación de desfavorables circunstancias socioeconómicas, que aconsejan la intervención de la Administración Autonómica con objetivos de ayuda financiera y técnica para la solución del problema del alojamiento de las capas sociales más desasistidas, principales destinatarias del Decreto

238/85. Así el conjunto de estos municipios tienen unos valores de renta por habitante en torno a las 220.000 Pts. frente a una media regional de

275.000 pts; también las tasas de paro arrojan niveles elevados superiores a la media provincial y regional en conjunto. El valor arquitectónico del patrimonio de los cascos antiguos de estos núcleos parece conocido. En algunos casos se encuentran además declarados por la propia Administración, como es el caso de Alhama de Granada, con declaración de Conjunto Histórico-Artístico. En ellos se van a desarrollar actuaciones de planeamiento urbanístico destinados a crear condiciones favorables para la protección y recuperación de sus conjuntos, objetivo en el que también incide la intervención al amparo del Decreto 238/85. Por todas estas razones, a propuesta del Director General de Arquitectura y Vivienda, previa petición expresa de los Ayuntamientos e informe favorable de la Comisión Provincial de Vivienda de Granada, esta Consejería tiene a bien disponer:

Artículo 1º. Se designan para el programa anual de 1986 en la provincia de Granada los siguientes municipios de actuación preferente en rehabilitación, a los efectos del Decreto 238/85 sobre ayudas para obras de conservación y mejora de viviendas:

Alhama de Granada.

Salar.

Baza.

Guadix.

Motril.

Iznalloz.

Purullena.

Illora (anejos).

Artículo 2º. Los particulares interesados en obtener los beneficios establecidos en el Decreto 238/85 para las obras de conservación y mejora de sus viviendas y que reúnan los requisitos definidos para los promotores y sus viviendas, dispondrán del plazo de dos meses desde la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para presentar sus solicitudes ante los Ayuntamientos respectivos.

Artículo 3º. La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Lo que hago saber a VV.II. para su conocimiento y ejecución.

Sevilla, 7 de octubre de 1986

JAIME MONTANER ROSELLO

Consejero de Obras Públicas

y Transportes

Descargar PDF