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En uso de las atribuciones que me confiere el Decreto 174/83 de 31 de agosto, por el que se regula la cesión de Instalaciones Culturales de la Junta de Andalucía a los Ayuntamientos y accediendo a la petición del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, y que se expresa en la certificación de la Comisión Municipal Permanente celebrada el día tres de mayo de mil novecientos ochenta y cuatro, he resuelto, ceder la gestión de uso para fines culturales, del inmueble propiedad de la Junta de Andalucía, situado en la calle Adarve no 2. El inmueble tiene una extensión superficial de
434 m2, y consta de sótano, planta baja, entreplanta y terraza con vivienda de conserje. Fue transferido a la Junta de Andalucía por Real Decreto 4096/82 de 29 de diciembre (BOE núm. 42, de 18 de febrero de
1983). La finca está inscrita en el Registro de la Propiedad no 1 de Córdoba, en el Tomo 1330 del archivo, Libro del Ayuntamiento de Córdoba no
295 de la Sección 2a, folio 123, finca no 22097, inscripción 1a. De acuerdo con el artículo tercero del Decreto 174/83 de 31 de agosto, el plazo por el que se cede dicho inmueble al Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, se fija en cinco años prorrogables a partir de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 4 de octubre de 1986
JAVIER TORRES VELA
Consejero de Cultura
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