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Ilmos. Sres.:
Visto el expediente presentado al efecto por la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, en el que consta, entre otros extremos, informe favorable de la existencia de crédito para conceder una subvención de cuarenta millones de pesetas (40.000.000), con cargo al Fondo de Compensación Interrerritorial, capítulo 7, artículo 764,00 Subvenciones a Entes Territoriales, de la Sección 15 de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma andaluza, y en virtud de las facultades que confiere el artículo
10 de la ley 5/1983 de 19 de julio de la Hacienda Pública de la Comunidad Andaluza y el artículo 15 de la Ley 9/1985 de 28 de Diciembre del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1986, esta Consejería ha dispuesto lo que sigue:
Primero: autorizar la concesión de una subvención para la ejecución de las obras de Rehabilitación del Teatro Lope de Vega, de Sevilla, por importe de cuarenta millones de pesetas, (40.000.000), que represetan el
26% del Presupuesto General de las obras.
Segundo: Dicha subvención se hará efectiva previa publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y presentación de certificado de obra ejecutada, expedido por el Arquitecto Director de las obras, y suscrito por la Corporación Municipal. Lo que digo a V.V.I.I. para su conocimiento y efectos.
Sevilla, 25 de agosto de 1986
JAIME MONTANER ROSELLO
Consejero de Obras Públicas y Transportes
Ilmos. Sres. Secretario Gra. Técnico y Director Gra. de Arquitectura y Vivienda.
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