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Advertidos errores en el texto del citado Decreto,publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, número 53, de 5 de junio de
1986, se transcriben a continuación las siguientes rectificaciones:
Artículo 4 ,apartado 3, párrafo segundo, en vez de : "compromisarios",debe decir, "impositores". Artículo 12 ,en lugar de :"los cuales no precisarán ser impositores de la Caja",debe decir: "los cuales precisarán ser impositores de la Caja al tiempo de formular la aceptación del cargo". Artículo 13, apartado c, párrafo primero, en vez de :"figurar en el Consejo de Administración en número de dos" , debe decir: "figurando en el Consejo de Administración en número máximo de dos". Artículo 13 ,apartado c, párrafo segundo, donde dice:"los dos Consejeros de Adminsitración que corresponden a este grupo se nombrarán uno del grupo de las Corporaciones Locales", debe decir : "de los dos Consejeros de Administración que, en un caso,corresponden a este grupo se nombrarán uno del grupo de las Corporaciones Municipales".
Sevilla,9 de octubre de 1986.
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