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La Orden de 13 de noviembre de 1987, de la Consejería de Agricultura y Pesca define el marco del Programa de Formación de Personal Investigador y de Desarrollo.
La Dirección General de Investigación y Extensión Agraria, en virtud de las atribuciones que le están conferidas por el ordenamiento vigente, vista la Ley de Presupuestos de la Junta de Andalucía para 1987 y la normativa sobre becas y ayudas al estudio, en el ámbito del desarrollo de la Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca antes citada.
H A R E S U E L T O:
1. Efectuar convocatoria pública para asignar becas de Formación en técnicas específicas aplicables a Proyectos de Investigación y Desarrollo Agrario en Centros y Estaciones dependientes de esta Dirección General y Agencias de Extensión Agraria.
2. El número de becas que se convocan es el siguiente: 1. Postdoctoral, con una dotación de 90.000 pts./mes. 29 becas de Formación para Titulados Superiores y de Grado Medio de 73.000 pts./mes de dotación y duración máxima de 12 meses o un número de becas equivalente en dotación total presupuestaria, caso de que las adjudicaciones sean por períodos inferiores a los 12 meses (3, 6 ó 9 meses).
3. Con cargo a los fondos complementarios se suscribirá un seguro colectivo que incluye la asistencia médica además de la cobertura de accidentes. A la vista de las solicitudes presentadas y del tema objeto de la beca, la Dirección General en la Resolución de Adjudicación indicará la asignación de la dotación complementaria.
4. Las solicitudes, dirigidas al Ilmo. Sr. Director General de Investigación y Extensión Agraria, deberán tener entrada en el Registro de esta Dirección General dentro de los treinta días naturales a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el BOJA. A las solicitudes deberán acompañar:
1) Copia compulsada del título académico o de los documentos acreditativos de haber abonado los derechos de su obtención. 2) Expediente académico.
3) Curriculum vitae, acreditándose documentalmente los méritos o experiencia profesional que se aduzcan.
4) Actividad propuesta (investigación, extensión, formación y desarrollo experimental), período de realización (fecha inicio y terminación) dentro de 1988 y Centro, Estación o Agencia de Extensión donde desarrollarla. 5) Aceptación del trabajo propuesto por parte del tutor o Director del Centro o Unidad correspondiente.
5. Se valorará a los solicitantes de acuerdo con el baremo de la Orden de 9 de noviembre de 1987 de la Consejería de Agricultura y Pesca.
6. Las solicitudes serán examinadas por la Comisión de selección y valoración del Programa de Formación de Personal Investigador y de Desarrollo Agrario, que estará constituida por: Presidente: Director General de Investigación y Extensión Agraria. Vocales: Jefe del Servicio de Formación Agraria. Jefe del Servicio de Extensión Agraria.
Jefe del Servicio de Investigación de la Consejería de Educación y Ciencia.
Director del Centro de Investigación y Desarrollo Agrario de Córdoba. Director del Centro de Capacitación y Experimentación Agraria de Los Palacios (Sevilla).
Secretario: Jefe de la Sección de Relaciones Científicas.
7. A la vista de las propuestas seleccionadas y del tema objeto de ayudas o estudio, esta Dirección General dictará Resolución que incluirá, por cada adjudicación, lo siguiente:
Nombre del beneficiario, tema y Centro donde desarrollar la actividad. Fecha de inicio de la actividad y plazo de tiempo en que desarrollarla, que puede no ser coincidente con el solicitado por el aspirante. Asignación, en su caso, de fondos con cargo a las dotaciones económicas complementarias.
8. A los beneficiarios de las becas les es de aplicación todas las normas que con carácter general contiene la Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de fecha 9 de noviembre de 1987 que las regula.
9. Esta Dirección General podrá anular la beca previo informe de la Comisión de evaluación y selección.
10. A efectos informativos se recoge en el Anejo nº 1 listado de Centros y Departamento.
En cuanto a Agencias de Extensión Agraria, deben dirigirse a las Delegaciones Provinciales de Agricultura y Pesca.
Sevilla, 17 de noviembre de 1987.- El Director General,Agustín López Ontiveros.
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