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Con carácter informativo y a efectos de insistir en lo establecido en la Ley 1/1987 de 30 de enero, ha resuelto publicar subvención concedida al amparo de la Orden de 9 de febrero de 1987. La subvención, que figura en relación anexa, fue notificada en su día al interesado, concediéndole el recurso pertinente, por lo que se considera firme, salvo que fuera recurrida en su momento oportuno. Asimismo se señala que el importe de la subvención puede ser modificado e incluso anulado si la inversión para la que se concedió no se ha cumplido en los términos previstos.
Córdoba, 24 de noviembre de 1987.- El Delegado, Rafael Gamero Borrego.
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