Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 12 de 13/2/1987

1. Disposiciones generales

Consejería de Trabajo y Bienestar Social

ORDEN de 12 de febrero de 1987, por la que se garantiza el Servicio Público de Transporte de Viajeros por carretera que presta la empresa Transportes Alsina Graells Sur, S.A.

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Convocada huelga por el Comité de la Empresa "Transportes Alsina Graells Sur S.A., cuyo inicio de la misma se efectuará el día 16 de febrero de

1987, con carácter indefinido, fijándola para los lunes y viernes de cada semana, dado el carácter de servicio público de transporte de viajeros por carretera que presta la citada Empresa, estos no pueden quedar paralizados en su correcto funcionamiento por el ejercicio del legítimo derecho a la huelga que ampara al conjunto del personal convocante de la misma. Por ello, deben adoptarse aquellas medidas que sean precisas a los debidos efectos de garantizar el funcionamiento del servicio público referenciado, intentando con ello compatibilizar los intereses generales del conjunto de la Comunidad, con los derechos individuales que a los trabajadores, en cuanto a tales, les asisten. En su virtud, en base a las atribuciones que confiere a la Comunidad Autónoma de Andalucía el Estatuto de Autonomía y el Real Decreto

4043/1982, de 29 de diciembre, en aplicación de lo dispuesto en el párrafo

2º del artículo 10 del Real Decreto-Ley 17/1977, de 4 de marzo, y a la delegación que el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía realizó por Acuerdo de 5 de octubre de 1983.

D I S P O N G O:

Artículo Primero: La situación de huelga que afectará al personal de la Empresa Transportes Alsina Graells Sur S.A., a partir del próximo lunes día 16 de febrero de 1987 y sucesivos lunes y viernes de cada semana, habrá de ir acompañada del mantenimiento de los servicios mínimos que figuran en el anexo de la presente Orden.

Artículo Segundo: El artículo anterior no supondrá limitación alguna de los derechos que la normativa reguladora de la huelga reconozca al personal en dicha situación, ni tampoco responderá respecto de la tramitación y efectos de las peticiones que la motivan.

DISPOSICION FINAL

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 12 de febrero de 1987

JOSE MARIA ROMERO CALERO

Consejero de Trabajo y Bienestar Social

JAIME MONTANER ROSELLO

Consejero de Obras Públicas y Transportes

Iltmos. Sres. Directores Generales de Trabajo y Seguridad Social y de Transportes.

Iltmos. Sres. Delegados Provinciales de las Consejerías de Trabajo y Bienestar Social y de Obras Públicas y Transportes, en Almería.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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